La Cámara Penal de la Corte de Apelación del Departamento Judicial de Barahona condenó a cinco años de prisión a un hombre procesado por varios hechos de violencia contra su expareja, luego de revocar una sentencia absolutoria dictada previamente en su favor.
La condena fue impuesta contra Luis Alberto Piña Santana, quien deberá cumplir la pena en la cárcel pública de Pedernales, por delitos de violencia contra la mujer y violencia intrafamiliar.
El tribunal de alzada acogió un recurso presentado por el Ministerio Público y consideró que en la decisión anterior hubo una errónea valoración de las pruebas.
Ministerio Público atribuyó varios episodios de violencia
De acuerdo con el expediente, Piña Santana presentaba un patrón de agresiones físicas, psicológicas y verbales contra su expareja.
Uno de los hechos ocurrió el 29 de marzo de 2025, cuando, según la acusación, el hombre se presentó de manera agresiva en la residencia de la mujer para buscar a una hija de ambos, pese a existir un acuerdo sobre el régimen de guarda y visitas.
El Ministerio Público estableció que durante ese incidente el procesado amenazó de muerte a la víctima con un arma de fuego.
También se le atribuyó un hecho ocurrido el 4 de enero de 2024, cuando habría acudido a la vivienda de su expareja y vociferado expresiones ofensivas delante de la hija de ambos. La acusación indicó además que en distintas ocasiones amenazó a la mujer, pese a existir una orden de alejamiento.
Otros episodios incluidos en el proceso corresponden a julio de 2021. Según el Ministerio Público, el 25 de ese mes Piña Santana acudió a la casa de la víctima, la golpeó en el rostro y la amenazó de muerte.
Seis días después, el 31 de julio, habría regresado y nuevamente la amenazó con una pistola. De acuerdo con el expediente, miembros de la comunidad intervinieron y lo enfrentaron lanzándole piedras.
Corte revocó absolución dictada en marzo
La sentencia absolutoria había sido emitida el 17 de marzo de 2026 por el Tribunal Colegiado de Barahona.
La procuradora fiscal Vilmania Pérez, de la Unidad de Atención Integral a la Violencia de Género, Intrafamiliar y Delitos Sexuales, interpuso el recurso de apelación el 1 de mayo de 2026.
Durante el proceso ante la Corte, el Ministerio Público estuvo representado por la procuradora Wendy González Carpio.
Los jueces Joselin Moreta Carrasco, Henrry Caraballo Matos y Leucadia Fortunata José Méndez revocaron la decisión recurrida y declararon culpable a Piña Santana de violar las disposiciones relacionadas con violencia contra la mujer y violencia intrafamiliar contenidas en el antiguo Código Penal dominicano, modificado por la Ley 24-97.
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