El Ministerio Público reveló en su expediente de solicitud de medida de coerción el presunto esquema de desfalco que habría sido ejecutado en perjuicio de la empresa Comercial Barra Payán, S.R.L., atribuido a Marcos Antonio Frías García, Juan Ismael Frías García y Dagoberto Cabrera, quienes fungían como administradores y socios de la compañía.
De acuerdo con la investigación, desarrollada entre los años 2019 y 2022, los imputados habrían aprovechado la confianza depositada en ellos para no depositar la totalidad de las ventas diarias en las cuentas bancarias de la empresa, generando diferencias significativas entre los registros manuales de las cajeras y los montos efectivamente ingresados al sistema financiero.
El expediente detalla que el principal modus operandi consistía en la retención sistemática de dinero en efectivo, lo que permitió a los acusados distraer fondos y activos de la empresa por un monto aproximado de RD$ 39,784,661.18, conforme al Informe de Auditoría Forense practicado por un perito autorizado y avalado por el Instituto de Contadores Públicos Autorizados de la República Dominicana (ICPARD).
Según la documentación, además de no depositar las ventas completas, los imputados habrían utilizado recursos de la empresa para fines personales, pagando cuentas privadas y comprometiendo financieramente la sociedad, incluso mediante la concertación de préstamos sin la debida autorización de la asamblea de socios, lo que habría colocado a la empresa en una situación de insolvencia.
Las presuntas irregularidades afectaron directamente a los socios Juan Santiago Frías Paulino, Juan Abraham Frías Paulino, Yeimy Cantalicia Frías Paulino y Juan Carlos Frías Beltrán, quienes figuran como víctimas en el proceso penal por abuso de confianza agravado y administración desleal.
El Ministerio Público calificó jurídicamente los hechos como violatorios del artículo 408 del Código Penal Dominicano, y procedió al arresto de los imputados el 5 de febrero de 2026, en virtud de una orden emitida por la Oficina Judicial de Servicios de Atención Permanente del Distrito Nacional.
Como medida de coerción, el órgano persecutor solicitó al tribunal la imposición de una garantía económica de RD$ 1,000,000, impedimento de salida del país y presentación periódica, al considerar que los imputados no cuentan con el arraigo suficiente para descartar el peligro de fuga.
Luego de que el abogado de la querellante presentó la recusación contra la magistrada, esta decidió aplazar el conocimiento de la medida de coerción a tres administradores de la empresa, Marcos Frías García, Juan Frías García y Dagoberto Cabrera, sin fecha fija, a fin de remitir la recusación a la Presidencia de la Corte de Apelación del Distrito Nacional, para que se apodere una sala y sus jueces decidan si la misma tiene mérito o no para ser acogida.
En el día de ayer, la jueza de la Oficina Judicial de Servicios de Atención Permanente del Distrito Nacional, Fátima Veloz, fue recusada por uno de los abogados de la defensa, quien alegó supuesta parcialidad en el proceso.
Tras la presentación formal de la recusación, la magistrada decidió aplazar el conocimiento de la solicitud de medida de coerción contra los tres administradores de la empresa Marcos Frías García, Juan Frías García y Dagoberto Cabrera sin fecha fija, con el propósito de remitir el incidente a la Presidencia de la Corte de Apelación del Distrito Nacional.
La recusación será conocida por una sala designada por dicha corte, cuyos jueces deberán determinar si el planteamiento tiene o no mérito para ser acogido, conforme al procedimiento establecido.
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