Al acoger la petición del Ministerio Público, una jueza de un tribunal de San Cristóbal dictó auto de apertura a juicio en contra de los acusados por la explosión en una fábrica de plástico ocurrida en esa ciudad el 14 de agosto de 2023, dejando unas 38 víctimas mortales y decenas de heridos, así como nueve edificios destruidos y varias viviendas afectadas.
Por el caso fueron enviados a juicio los propietarios de la fábrica de plástico Edward Armando Vidal Garrido, Maribel Sandoval Almánzar de Vidal y Mercedes Altagracia Vidal Sandoval, así como la empresa Vidal Plast, donde se originó la fuerte explosión con ondas expansivas que ocasionó el siniestro, dijo este sábado el Ministerio Público en una nota.
Todos los elementos de pruebas aportados por el Ministerio Público, representado por los fiscales Fadulia B. Rosa Rubio, Laura Segura Cordero, José Guerrero Jiménez, Ingris Guerrero Polanco y Daryl Montes de Oca, fueron admitidos por la jueza del Segundo Juzgado de la Instrucción de San Cristóbal, Loyda Amador, quien dictó el auto de apertura a juicio contra los procesados.
Los fiscales litigantes Eduardo Velázquez y Daryl Montes de Oca representaron al Ministerio Público en la audiencia donde se ordenó el envío a juicio de los acusados.
El Ministerio Público indica en el expediente que los procesados ocasionaron la explosión mortal, producto de su torpeza, imprudencia, inadvertencia, negligencia e inobservancia de los reglamentos previstos para las actividades comerciales de almacenamiento de plásticos y de salud y medioambientales.
Sobre el caso, indica que ocurrió a las 3:10 de la tarde, del 14 de agosto de 2023 en la intersección de las calles Padre Ayala y Francisco J. Peynado, (Antiguo Mercadito), de San Cristóbal.
Explica que al lugar del siniestro se presentaron los miembros del Cuerpo de Bomberos de San Cristóbal, quienes después de identificar que no estaban ante un incendio provocado por la electricidad, sino, por una sustancia desconocida, lograron determinar que el detonante de dicha explosión fue el químico de nombre Autofina-Luporox A 70S (Peróxido Orgánico 5.2).
Dicho químico es utilizado en las industrias de plástico y caucho para la fabricación y modificación de polímeros, los cuales tienen diversos usos en el quehacer cotidiano.
Este químico potencia el material a diluir, convirtiéndolo en más provechoso para los fines a los que se dedicaba la empresa procesada, señala el expediente.
Precisa que la explosión se produjo por la imprudencia de manejar y almacenar en un ambiente cerrado sin acondicionamiento, al lado de residuos de plásticos, ya que el gas que circundaba en el lugar producto del peróxido orgánico de años almacenados allí, encontró su punto con la acumulación centrada y desmedida que guardaba dicho local.
En el relato de los hechos, el expediente detalla que la inobservancia de los reglamentos cometida por los procesados empezó a dar señales de alerta el día 18 de marzo de 2023, cinco meses antes del siniestro. Señala que en la citada fecha cuando trabajadores se encontraban realizando labores de herrería saltó una chispa hacia el área donde se encontraba el almacenaje de plástico, acción que desató una reacción química de denso humo irritante y calor que le ocasionó quemaduras a uno de los empleados.
El amplio documento está sustentado con 128 elementos de pruebas, testimoniales, documentales, periciales y audiovisuales en contra de los acusados por la explosión, caso que fue declarado de tramitación compleja.
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