La Cámara de Diputados aprobó este lunes, en dos lecturas consecutivas, el proyecto de ley que autoriza el reconocimiento y pago de las deudas del Estado con contratistas por obras públicas ejecutadas sin contrato formal desde el año 1996, completando así su trámite legislativo y convirtiendo la iniciativa en ley, a la espera de su promulgación por el presidente de la República.

La pieza fue liberada de ir a comisión en el pleno, con el voto en contra de los legisladores de la Fuerza del Pueblo (FP) y del Partido de la Liberación Dominicana (PLD). Los voceros de ambas bancadas, Rafael Castillo y Gustavo Sánchez, respectivamente, plantearon por separado que el proyecto requería un estudio más profundo por parte de los diputados.

No obstante, ninguno de los legisladores manifestó oposición de fondo a la iniciativa. Castillo argumentó que el proyecto no detalla los montos ni las fechas de ejecución de las obras, lo que, según advirtió, podría dar lugar a irregularidades y a que se “venda gato por liebre” al pueblo dominicano.

En respuesta, la diputada Soraya Suárez, del oficialista Partido Revolucionario Moderno (PRM), explicó que esos datos se encuentran contenidos en los expedientes individuales de cada caso, identificados por número y referidos en los artículos 4 y 6 del proyecto de ley.

La iniciativa había sido aprobada previamente por el Senado de la República el pasado sábado, durante una sesión extraordinaria. Su objetivo es autorizar, de manera excepcional y por única vez, el reconocimiento, validación y pago de las deudas derivadas de obras públicas ejecutadas sin contratos formales o sujetas a procesos de reformulación presupuestaria.

Veedores: CODIA y ANPRAS

Para supervisar y monitorear los procesos de pago, conforme al listado de empresas y contratistas anexos a la normativa sancionada por el Congreso Nacional, fueron designados como veedores el Colegio Dominicano de Ingenieros, Arquitectos y Agrimensores (CODIA) y la Asociación Nacional de Productores de Asfalto (ANPRAS).

La ley abarca compromisos financieros de diversas instituciones públicas, entre ellas el Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones (MOPC), el Ministerio de Educación (MINERD), el Instituto de Auxilios y Viviendas (INAVI), el Instituto Nacional de Recursos Hidráulicos (INDRHI), el Instituto Nacional de Aguas Potables y Alcantarillados (INAPA) y la Comisión Presidencial de Apoyo al Desarrollo Provincial (CPADP).

También incluye a la Junta Central Electoral (JCE), la Corporación del Acueducto y Alcantarillado de Santo Domingo (CAASD), la Oficina de Ingenieros Supervisores de Obras del Estado (OISOE), así como las obligaciones del Instituto Nacional de la Vivienda (INVI) y del propio INAVI, asumidas por su continuador jurídico, el Ministerio de Vivienda, Hábitat y Edificaciones (MIVHED).

En los casos de contratistas fallecidos, el Estado realizará los pagos correspondientes a sus herederos legítimos, conforme a las disposiciones legales y normativas vigentes, correspondientes a obras ejecutadas fuera del marco de la Ley de Compras y Contrataciones Públicas, normativa que no existía al momento de la realización de dichos trabajos.

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