El pasado miércoles se pactó en Oakland un acuerdo judicial histórico. Cincuenta y un fiscales generales de la Unión Norteamericana le doblaron el brazo a la corporación Meta —propietaria de Facebook, Instagram y WhatsApp—. Para no proseguir la demanda colectiva interpuesta en su contra desde hacía varios años, la obligaron a pagar casi 18 mil millones de dólares. Es previsible que este significativo acuerdo preliminar sea refrendado próximamente por el juez apoderado de este megaproceso y se convierta, por ende, en una obligación judicial firme.

Sin duda, las repercusiones de este pacto serán determinantes para el presente y el futuro de las multinacionales tecnológicas y el uso de las redes sociales. Habrá un antes y un después, en especial porque estos procesos marcan un derrotero similar al que significó, en 1998, el acuerdo judicial entre, 52 fiscales generales de los Estados Unidos y las poderosas tabacaleras por más de 200.000 millones de dólares para financiar tratamientos sanitarios a fumadores, cuya historia posterior todos conocemos. 

De este modo, Meta reconoció implícitamente que parte de los alegatos de la demanda tenían fundamento. En otras palabras, admitió que la forma en que operan las redes sociales provoca adicción y que esto es nocivo para la salud mental de los menores. Admitió, igualmente, que su publicidad sobre la supuesta seguridad de sus sistemas para preservar la privacidad de estos vulnerables usuarios es engañosa, con la agravante de que conocía de antemano tales fallas. Por esto, el fiscal general de Colorado, Phil Weiser, sostuvo, con ocasión del inicio de esta demanda en 2023: «Igual que hicieron en el pasado las tabaqueras o las vapeadoras, Meta eligió maximizar sus beneficios a expensas de la salud pública, dañando específicamente a los más jóvenes».

A cambio, Meta se comprometió no solo a pagar esta elevada suma a favor de los respectivos gobiernos estatales demandantes, sino también a introducir mejoras relevantes en sus programas operativos de Facebook e Instagram para el acceso de menores. En particular, se obligó a fijar automáticamente un tiempo máximo de dos horas diarias de uso, a restringir las notificaciones y alertas automáticas en horarios nocturnos y lectivos, así como a programar avisos periódicos para alertar o interrumpir las navegaciones prolongadas, entre otros aspectos. Estas reglas pudieran modificarse únicamente con la intervención de los padres.

Este acuerdo se produjo en un contexto judicial y legal muy adverso para los nuevos amos del planeta. Con antelación, Meta ya había sido condenada a pagar indemnizaciones superiores a los cuatro millones de dólares a favor de víctimas demandantes por los perjuicios originados por sus redes. No menos importante: desde hace varios años, Meta y otros líderes tecnológicos, como TikTok y YouTube, enfrentan también en los Estados Unidos miles de demandas de particulares e instituciones públicas y privadas por daños conexos, no limitadas a menores. Obviamente, con este reciente acuerdo, dichas demandas cobran un renovado impulso, aun cuando Meta evitó estratégicamente, en lo inmediato, daños económicos mayores.

Decimos esto pues el fiscal general de Florida, al criticar el acuerdo, sostuvo: «Los pagos son una miseria en comparación con los profundos daños que las funciones adictivas de Meta, diseñadas para generar ganancias, infligieron a los niños, y un simple golpe en la muñeca para una corporación billonaria que pagará más a sus abogados que a los estados». Por ello, anunció que proseguirá su demanda.

Por lo demás, el entorno regulatorio internacional no luce halagüeño para el sector. El año pasado entró en vigor en Australia una legislación pionera sobre el acceso de menores a las redes sociales y, en julio de este año, Francia aprobó una rígida ley que limita el acceso a menores de 15 años, aunque el Consejo Constitucional francés anuló hace poco dicha prohibición —no así los otros aspectos de la citada ley— al considerarla desproporcionada. El Reino Unido la adoptó y regirá desde el próximo año. Debates similares se desarrollan actualmente en España y en diversos países del mundo, donde ya hay una «Coalición de los Dispuestos Digitales».

Esta creciente tendencia legislativa internacional tiene su génesis en las investigaciones científicas que, desde hace años, alertan sobre los daños a la salud mental que provoca el uso excesivo de las redes sociales, en especial en niños y adolescentes. En este orden de ideas, el excirujano general de los Estados Unidos, Vivek Murthy, advirtió que «los adolescentes que usan las redes más de tres horas al día tienen el doble de riesgo de padecer síntomas de depresión y ansiedad» y recomendó que, al igual que se hace con el tabaco desde hace décadas, se advierta legalmente sobre sus efectos nocivos.

En consecuencia, el acuerdo de Oakland representa una mala noticia para los dioses tecnológicos, pero una excelente buena nueva para la salud de nuestros niños y adolescentes y para la sociedad en general. Ojalá que, a partir de este aleccionador precedente, el Indotel adopte decisiones y propicie iniciativas reglamentarias que garanticen su aplicación en nuestro país y eduquen a la población sobre las consecuencias del abuso de las redes sociales.

Y es que, como señaló la ingeniera Frances Haugen, exempleada de Meta que filtró miles de documentos internos: «Tanto la gente de derechas como de izquierdas ve el daño que están causando las redes sociales a los niños. Y, aunque no todos estemos de acuerdo sobre cómo intervenir, sí hay consenso en que no debería haber adolescentes conectados a las dos de la mañana».

En todo caso, los padres, los responsables del cuidado de los menores y todos los usuarios de las redes sociales debemos asumir nuestro rol y crear conciencia al respecto, al margen de las acciones que puedan emprenderse desde el sector público.

José Lorenzo Fermín

Abogado

Licenciado en Derecho egresado de la PUCMM en el año 1986. Profesor de la PUCMM (1988-2000) en la cual impartió por varios años las cátedras de Introducción al Derecho Penal, Derecho Penal General y Derecho Penal Especial. Ministerio Público en el Distrito Judicial de Santiago (1989-2001). Socio fundador de la firma Fermín & Asociados, Abogados & Consultores desde el 1986.-. Miembro de la Comisión de Revisión y Actualización del Código Penal dominicano (1997-2000). Coordinador y facilitador del postgrado de Administración de Justicia Penal que ofrece la PUCMM (2001-2002). Integrante del Consejo de Defensa del Banco Central y de la Superintendencia de Bancos en los procesos de fraudes bancarios de los años 2003-2004, así como del Banco Central en el caso actual del Banco Peravia. Miembro del Consejo Editorial de Gaceta Judicial. Articulista y conferencista ocasional de temas vinculados al derecho penal y materias afines. Aguilucho desde chiquitico. Amante de la vida.

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