La no indexación salarial, un impuesto sin juridicidad, que el gobierno impone haciendo uso y abuso del poder.

La juridicidad es exigida para todas las actuaciones administrativas; ver art. 138 de nuestra constitución y ver la Ley 107-13, art. 3, literal a.

En la República Dominicana, tanto en la Constitución como en la Ley 107-13 (Ley sobre los derechos de las personas en sus relaciones con la administración pública). Se reconoce al principio de juridicidad como uno de los pilares fundamentales del Derecho Administrativo.

Según la Constitución, artículo 138, este establece los principios que rigen la Administración Pública.

Entre ellos se encuentra la juridicidad:

Por medio del cual deja claro que toda actuación administrativa debe ajustarse estrictamente a la Constitución y a la ley.

Por el principio de juridicidad, nuestra Constitución establece que la administración pública solo puede actuar conforme a lo que permite la Constitución y las leyes.

Nada puede hacer fuera del marco de la ley.

Según la Ley 107-13, artículo 3, literal a: “Principio de juridicidad: En cuya virtud toda la actuación administrativa se somete plenamente al ordenamiento jurídico del Estado.”