Recientemente fue aprobada al vapor y sin llevar a estudio de la comisión técnica para esos fines, tanto de la cámara alta como de la cámara de diputados una reforma a la ley 225-2020, que anteriormente había sido modificada por la ley 98-2025.
La Ley General de Gestión Integral y Coprocesamiento de Residuos Sólidos, No. 225–20 del 2 de octubre del año 2020, en su Artículo 1 establece que “…tiene por objeto prevenir la generación de residuos, además de establecer el régimen jurídico de su gestión integral para fomentar la reducción, reutilización, reciclaje, aprovechamiento y valorización, así como regular los sistemas de recolección, transporte y barrido; los sitios de disposición final, estaciones de transferencia, centros de acopio y plantas de valorización; con la finalidad de garantizar el derecho de toda persona a habitar en un medio ambiente sano, proteger la salud de la población, así como disminuir la generación de gases de efecto invernadero, emitidos por los residuos”.
De cumplirse con esta la Ley de Residuos sólidos en sus 176 artículos, la República Dominicana pasaría a ser un país modelo en la gestión de residuos sólidos y su impacto desde el punto de vista medioambiental y económico sería significativo.
Pero resulta que lleva a sospecha la aprobación en el congreso de la reforma a la ley 225-20, pues se establece triplificar los aportes, por parte de los contribuyentes, personas jurídicas, al pasar de cerca de RD$3,000 millones a alrededor de RD$9,000 millones anual, que ha escandalizado no solo a quienes deben contribuir para la reducción, reutilización, reciclaje, aprovechamiento y valorización de los residuos sólidos, sino para la sociedad en general, sin hacer estudios técnicos requeridos.
Con un tema tan sensible para la población como es el manejo de los residuos solidos no se deben inventar, más cuando se trata de salubridad y economía.
Otro aspecto a destacar es lo establecido en la Ley 225-20 en sus artículos 37 y 38 sobre la creación del fideicomiso público-privado, para la gestión integral de residuos, cuyo objeto especifico es operar y gestionar el fondo orientado a la operación de estaciones de transferencia, vertederos y rellenos sanitarios, así como el cierre de vertederos a cielo abierto. Se especifica claramente en la ley que el fideicomiso debe “Gestionar adecuadamente los montos recaudados provenientes de la Contribución Especial para la Gestión de Residuos Sólidos, recibidos a través de la Tesorería Nacional, y otros fondos provenientes de las tarifas en las estaciones de transferencia y vertederos”.
El fideicomiso que fue creado mediante la ley 225-20 en el año 2020, con las modificaciones recientes, que se han hecho a dicha ley, ha pasado a llamarse Fideicomiso DO Sostenible que con las modificaciones a dicha ley, pasa a ser uno de los mayores manejadores de fondos públicos del país. Pero el caso no es solo eso, también se destaca que en la gestión de dicho fideicomiso se evidencian fallas, desde el punto de vista financiero y patrimonial a partir del manejo de los fondos, pues el patrimonio de dicha entidad pasó de RD$1,300 millones en el año 2024 a RD$113 millones en el año 2025, por una pérdida neta de RD$1,269 millones.
Otro elemento que se cuestiona en el Fideicomiso para Gestión Integral de Residuos Sólidos, es la falta de transparencia en la selección de las empresas encargadas del manejo de residuos, cuya forma de selección y contratación, no aparecen en la plataforma del Sistema Electrónico de Contrataciones Publicas, que por mandato de ley deben ser publicadas.
Como ciudadanos debemos exigir que se cumpla con la ley 225-20 sobre el manejo de residuos sólidos, siempre apegados a la transparencia en el manejo de los recursos y de selección y seguimiento de las empresas que se contratan para el manejo de esa actividad, como vía para enfrentar los problemas de medio ambiente y generar dinero y empleo en las comunidades donde se producen dichos residuos.
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