Ante el devastador panorama del reciente colapso de una infraestructura privada, denominada Discoteca Jet Set, se pone sobre la mesa una incómoda verdad: la omisión no solo puede causar un daño civil, sino que, en ciertos casos, también puede configurar un delito penal. Y lo anterior lo aseveramos porque, cuando se construye o remodela sin las debidas previsiones de seguridad, sin respetar las normas técnicas, no se realizan los mantenimientos correspondientes o se ignoran advertencias profesionales sobre el estado de una edificación, no estamos solo frente a una falla técnica, sino potencialmente ante una falta que implicará responsabilidad tanto civil como penal.

Nuestro Código Civil Dominicano, en sus artículos 1382 al 1386, establece con claridad que toda persona que cause daño a otra está obligada a repararlo. Si el daño ocurre por negligencia, por falta de mantenimiento o por la decisión consciente de no invertir en medidas de seguridad, se configura una conducta que puede generar una condena económica considerable. Pero, además, es posible que se evidencie una falta penal, con todas las implicaciones que esto conllevaría.

En el Derecho Penal, el principio de personalidad de la pena indica que cada quien responde por sus propias acciones u omisiones. La ley dominicana contempla consecuencias incluso cuando el daño proviene de algo que no se hizo y se debió hacer. Sobre esto, los artículos 319 y 320 del Código Penal Dominicano sancionan la muerte o las lesiones causadas por negligencia, imprudencia o inobservancia de normas. Es decir, que si alguien muere o resulta herido por el colapso de una estructura, por falta de mantenimiento o por un diseño inadecuado, quien tuvo el deber de actuar —y no lo hizo— puede ser penalmente responsable y sancionable.

Debemos igualmente señalar que no solo las personas físicas pueden cargar con esa responsabilidad. También las empresas, como personas jurídicas, pueden ser imputadas si sus administradores actuaron (o dejaron de actuar) en su nombre. Si un administrador ignora un informe técnico, un propietario decide no hacer reparaciones necesarias o un constructor incumple las normativas previstas, se arriesgan a sanciones civiles, así como también a penas de prisión si de sus omisiones resulta una tragedia.

Una cosa es cierta: las infraestructuras no se caen solas, colapsan cuando se deja de hacer lo que es debido.

De situaciones similares a la ocurrida recientemente en nuestro país existen ejemplos internacionales en los que la administración de justicia ha sido contundente. En Perú, el caso de la discoteca Utopía dejó 29 muertos; en Argentina, el incendio en Cromañón costó la vida a 194 personas. En ambos casos, los responsables fueron condenados a largas penas de prisión por no haber previsto lo que era evidente: el riesgo que corrían las personas dentro de esas estructuras, además de las indemnizaciones civiles correspondientes.

Por otro lado, no podemos dejar de referir que los ojos también deben volverse hacia las autoridades e instituciones públicas responsables de inspeccionar, supervisar y autorizar obras, las cuales tienen un deber de vigilancia y supervisión. Cuando fallan en ese deber —por desorden, falta de controles o simple indiferencia— también se convierten en parte del problema. Y aunque tradicionalmente no han asumido responsabilidad penal en casos como este, cada vez resulta más difícil justificar ante la colectividad el fruto de su omisión.

Una cosa es cierta: las infraestructuras no se caen solas, colapsan cuando se deja de hacer lo que es debido. El mantenimiento, la planificación responsable, el respeto a las normas técnicas y la fiscalización efectiva son medidas preventivas, no opcionales. Y, sobre todo, quienes se benefician económicamente de actividades que reúnen multitudes tienen, además, una obligación ética y legal de garantizar la seguridad de sus espacios.

Hoy el luto y el dolor visten a un número indeterminado de familias y ciudadanos de todos los estratos sociales. Ciertamente, es un duelo que, como nación, debemos asumir y vivir todos y cada uno de los dominicanos, y hasta los extranjeros afectados. Pero luego del gran esfuerzo y entrega de los organismos de socorro del país, luego de la solidaridad gigantesca de tantas personas en medio del dolor, luego de la recuperación física de los heridos y afectados, luego de los velatorios, memoriales y despedidas, toca el turno a las investigaciones que inician para determinar las causas de este lamentable siniestro. Y después de procesar y sufragar el duelo por esta enorme pérdida en todos los sentidos, nos toca levantarnos como nación, analizar lo ocurrido y asumir todas las lecciones que este acontecimiento devastador nos ha dejado.

Pero también es el momento de que tanto el Estado Dominicano como las víctimas accionen contra todos y cada uno de los responsables de esta desgracia nacional sin precedentes. Pues, sin lugar a duda, omitir puede ser igual de grave que actuar mal, y esta omisión descomunal trajo consigo daños y consecuencias materiales, humanas y emocionales irreparables que no pueden quedar impunes. La justicia no solo debe ser un consuelo simbólico, sino una respuesta firme que marque un precedente y evite que tragedias como esta vuelvan a repetirse jamás.

 

La autora es abogada, auditora certificada en ISO 37301 Compliance, ISO 37001 Antisoborno e ISO 22301 de Continuidad de Negocio.