Recientemente Estados Unidos ha establecido una disposición mediante la cual se aplica un arancel (impuesto aduanal) adicional a los ya existentes sobre mercancías importadas, que va desde un 10% a 12.5% a mas de 54 economías, bajo el argumento de que producen bienes utilizando  lo que se denomina como trabajo forzoso.

Considerando trabajo forzoso, de acuerdo a la definición establecida por la Organización Internacional del Trabajo (OIC) aquel que un individuo realiza de forma involuntaria y bajo alguna amenaza o castigo.

La lógica del argumento de Estados Unidos, para aplicar dicha medida, es que los países producen bienes que importan con trabajo forzoso, ya sea hacia territorio norteamericano o hacia los países a los cuales se le está aplicando la penalización del arancel adicional.

Para el caso de la República Dominicana, que dentro de los países Latinoamericanos es uno de los tres que se le aplica mayor tasa de arancel del 12.5%, junto a Costa Rica y Panamá, en la disposición que establece Estados Unidos se señala que tienen supuestamente “motivos para creer” que  el “azúcar crudo, el azúcar refinado, la melaza, el ron, el bagazo y el fúrfural producidos en la República Dominicana se elaboran con un insumo producido mediante trabajo forzoso, específicamente caña de azúcar cultivada en el país”, se produce utilizando mano de obra de origen haitiana que viven y trabajan en condiciones de trabajo forzoso.

Pero esta situación no es nueva, ya que en el año 2022 al principal productor y exportador de azúcar en la Republica Dominicana, que es el Central Romana que en el año 2025 exportó a Estados Unidos el 52.2% de la cuota asignada al país de 189,343 toneladas de azúcar , se le aplicó una restricción por condiciones laborales que se consideraban como trabajo forzoso.

Ante estas medidas de aumento de aranceles que establece el gobierno norteamericano, el presidente dominicano emitió el decreto 502-26, que busca la suspensión del despacho aduanero y retención temporal de mercancías, entre otras medidas sobre productos importados que se supone son producidos en los países de origen con trabajo forzoso. Este decreto establecido horas antes de que se pusiera en vigencia la disposición de la aplicación de 12.5% de aranceles, sobre productos dominicanos que ingresan a territorio norteamericano; por lo que con esta disposición al vapor del presidente Abinader se aplica la expresión de que el dominicano pone candado después que le roban.

Mientras tanto la aplicación de la medida de aranceles por parte de Estados Unidos tendrá un impacto en los precios a como llegan los productos dominicanos a los consumidores en territorio norteamericano por efecto del aumento del arancel.

Por otro lado, para la Republica Dominicana, por un aumento de los precios de los productos de origen dominicano en Estados Unidos se traducirá en una disminución de estos productos y a la vez una disminución de las exportaciones a ese destino que representa más del 50% de los productos dominicanos, derivándose en una disminución de las divisas en dólares.

Otra consecuencia de las medidas de restricción arancelarias es la limitación en las importaciones de bienes de consumo y de uso. En el caso de China que en el año 2025 de los 30,216.6 millones de dólares que de forma global importó la República Dominicana el 18% del total, a esto se agrega productos provenientes de otros países que también están incluidos en la aplicación de nuevos aranceles.

El impacto sobre productos importados es significativo ya que el 47.3% es de bienes de consumo en la República Dominicana son de origen importado, llámese alimenticios, combustibles, automóviles y electrodomésticos.

Es por estas razones es que además que tomar medidas de administración aduanera, como establece el decreto 502-26, se deben desarrollar estrategias y acciones, que eviten que la población dominicana sea afectada por nuevos aumentos de precios de bienes de consumo, que de por sí ya están elevados y otras que estén orientadas a promover exportaciones al mercado Latinoamericano, europeo y asiático.

Juan E. Taveras Vargas

Juan E. Taveras Vargas Economista y profesor universitario UASD. Masters en negocios y relaciones económicas internacionales, masters en políticas publicas y globalización, especialidad en docencia virtual Especialista en planificación estratégica y formulación de proyectos. Promotor cultural.

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