Las organizaciones sindicales y asociaciones de trabajadoras del hogar solicitaron al Tribunal Constitucional (TC) rechazar la acción de inconstitucionalidad interpuesta contra la Resolución No. CNS-02-2025, mediante la cual el Comité Nacional de Salarios (CNS) fijó el salario mínimo del trabajo doméstico, lo que fue aprobado por el Ministerio de Trabajo.

Durante la audiencia celebrada este miércoles ante el Tribunal, las representantes del sector defendieron la plena legalidad y legitimidad de la resolución, afirmando que el Comité Nacional de Salarios actuó dentro de las atribuciones que le confiere el Código de Trabajo.

“El trabajo doméstico es trabajo. Por tanto, las trabajadoras del hogar tienen el mismo derecho a un salario digno, seguridad social y protección laboral que cualquier otro sector productivo”, afirmó Marubeny Pérez, secretaria general del Sindicato Nacional de Trabajadoras Domésticas (Sintradomes-CASC).

El movimiento sindical recordó que el artículo 455 del Código de Trabajo otorga al Comité Nacional de Salarios la competencia para fijar tarifas mínimas de salario en todas las actividades económicas del país, incluyendo las de carácter doméstico.

Asimismo, señalaron que el trabajo doméstico está expresamente regulado por el Código de Trabajo en sus artículos 258 y siguientes, lo que refuerza la validez de la resolución impugnada.

“Esta resolución no crea un privilegio, sino que corrige una injusticia histórica. Las trabajadoras del hogar han sido invisibilizadas por décadas y hoy exigen igualdad ante la ley”, expresó Elena Pérez, secretaria general de la Asociación de Trabajadoras del Hogar (ATH-CNUS).

Las organizaciones sostuvieron que el salario fijado responde al mandato constitucional de garantizar un trabajo y vida digna, conforme a los artículos 8, 38 y 62 de la Constitución dominicana.

Además, recordaron que el Convenio 189 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), ratificado por la República Dominicana en 2015, obliga al Estado a asegurar condiciones de igualdad y protección para las trabajadoras del hogar.

Finalmente, las centrales sindicales y asociaciones de trabajadoras del hogar hicieron un llamado al Tribunal Constitucional a ratificar la validez de la Resolución No. CNS-02-2025 y, con ello, reafirmar el derecho de miles de mujeres a recibir un salario justo y libre de discriminación.

“Sin salario digno no hay justicia para las trabajadoras del hogar. El país no puede seguir sosteniendo su economía sobre la desigualdad”, concluyó Maria Cornelia Valdez, secretaria general de la Unión Nacional de Trabajadoras del Hogar (Unfetrah-CNTD).

El 7 de agosto de 2025, Luis Manuel Vílchez Bournigal interpuso una acción directa de inconstitucionalidad contra la Resolución No. CNS-01-2025 del Comité Nacional de Salarios, aprobada por el ministro de Trabajo, alegando que  este último se atribuyó competencias "que por ley no le corresponden, al modificar la clasificación de micro, pequeñas y medianas empresas (MIPYMES) mediante una simple resolución".

"Esta atribución es exclusiva del Ministro de Industria, Comercio y MIPYMES, según lo establecen el artículo 1 de la Ley 37-17 y la Ley 488-08, modificada por la Ley 187-17, normas que conforman el marco regulatorio para el fortalecimiento competitivo de las MIPYMES y para la promoción del desarrollo económico y social del país. Con su actuación, el Ministro de Trabajo vulnera la separación de poderes y excede las facultades que le otorga el artículo 421 del Código de Trabajo, al alterar disposiciones legales de jerarquía superior mediante un acto de menor rango", sostiene Vílchez Bournigal.

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