La semana pasada, a través de nuestra cuenta de Instagram, que cuenta con más de 45,700 seguidores, lancé una encuesta directa y reveladora: ¿Considera usted útil que la Superintendencia de Bancos notifique a los usuarios financieros recordándoles el vencimiento del pago de su tarjeta de crédito? La respuesta no pudo ser más equilibrada: de 1,281 participantes, un 51.75 % se mostró a favor, mientras que un 48.25 % expresó objeciones o dudas sobre la pertinencia de dicha práctica.

Esta encuesta fue motivada tras recibir una notificación vía Prousuario, el canal oficial de atención de la Superintendencia de Bancos, recordando que debía realizar el pago de su tarjeta de crédito antes del 31 de mayo. El recordatorio no provenía del banco emisor, sino del órgano regulador del sistema financiero, lo cual nos generó inquietudes sobre el alcance y la naturaleza de este tipo de intervenciones. 

Los participantes que respaldaron esta práctica lo hicieron sobre las siguientes bases:

1-Educación y prevención financiera: Se valoró como una herramienta útil para mejorar la cultura de pagos, evitar morosidades y fomentar la responsabilidad financiera en un país con altos niveles de endeudamiento y bajo control de gastos personales.

2-Neutralidad institucional: Algunos opinantes expresaron que el recordatorio de un ente neutral como la Superintendencia puede ser más creíble y menos intrusivo que la insistencia de los bancos, usualmente cargada de tono comercial o intimidatorio.

3-Protección del usuario: Se percibe como un gesto de acompañamiento y vigilancia activa por parte del regulador hacia el ciudadano financiero, reforzando el principio de supervisión prudencial con enfoque en el usuario.

Por el contrario, quienes rechazaron esta función señalaron lo siguiente:

1-Extralimitación institucional: Alegan que este tipo de notificación escapa al marco legal y operativo de una superintendencia, cuyo rol debe centrarse en la regulación, supervisión y protección ante abusos, no en la gestión del día a día de obligaciones privadas.

2-Posible conflicto con la privacidad y autonomía bancaria: Se cuestiona cómo la Superintendencia accede a los datos de vencimientos particulares de productos financieros y si cuenta con consentimiento expreso para emitir notificaciones directas.

3-Percepción de vigilancia excesiva: Algunos usuarios interpretan este tipo de notificaciones como una intromisión en la relación cliente-banco, que puede generar molestias más que confianza.

 ¿Es esta función legalmente atribuible a la Superintendencia?

La Ley Monetaria y Financiera No. 183-02 establece en su artículo 21 que corresponde a la Superintendencia de Bancos “la protección de los derechos de los usuarios de los servicios financieros”, lo cual ha sido reforzado con la creación del portal Prousuario. Sin embargo, el rol de la entidad se ha centrado en atender reclamaciones, supervisar prácticas abusivas y educar financieramente, no en sustituir las funciones operativas de los bancos.

No existe en el marco legal actual una disposición expresa que autorice a la Superintendencia a emitir recordatorios de pago sobre productos financieros específicos, mucho menos con una periodicidad o automatismo. Si bien podría enmarcarse en una política de educación financiera activa, la práctica requiere ser cuidadosamente encuadrada para no vulnerar la confidencialidad bancaria ni generar conflictos de competencia institucional, no todos los usuarios están en la capacidad de entrar al app y desactivar las notificaciones de recordatorio de pago de tarjeta de crédito.

El debate abierto por esta encuesta refleja una realidad ineludible: los usuarios financieros desean más acompañamiento, pero también claridad sobre los límites de cada actor en el ecosistema financiero. La Superintendencia de Bancos, en su rol de garante del equilibrio entre entidades y clientes, debe valorar el impacto de estas acciones no solo desde el punto de vista legal, sino también desde la percepción pública.

En ese sentido, una alternativa viable y legalmente más alineada al mandato institucional sería que la Superintendencia emita una carta circular dirigida a las entidades de intermediación financiera, instruyéndoles bajo criterios uniformes a implementar recordatorios proactivos a los usuarios sobre los vencimientos de productos financieros como tarjetas de crédito y préstamos. Esto fortalecería la cultura de cumplimiento, reduciría la morosidad en el sistema, y mantendría intacto el principio de confidencialidad, al delegar dicha función en los actores contractuales naturales: los bancos emisores.

De esta forma, el regulador no se coloca en una posición operativa directa, pero sí promueve buenas prácticas en beneficio de la salud financiera del usuario, con base en su facultad legal de normar y supervisar comportamientos del sistema. Además, se preserva el balance institucional, evitando conflictos por posible extralimitación.

En definitiva, si bien la intención de la Superintendencia es loable, la forma en que se ejecute este tipo de recordatorios debe ser revisada con cautela, basándose en instrumentos normativos claros, con respaldo jurídico y técnico. La frontera entre protección e intervención es delgada, y los reguladores deben cuidarla con rigor y prudencia.

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La columna “La Banca Dominicana por Dentro”, es desarrollada por Jesús Geraldo Martínez, en el interés de aportar al fortalecimiento del Sistema Financiero Dominicano desde una perspectiva analítica y práctica orientada a la formación de conocimientos y divulgación de informaciones exclusivas de dicho sector. Para contactar con el autor. Email jesusgeraldomartinez@icloud.com, o seguir a @Jesusgeraldomartinez en Instagram

Jesús Geraldo Martínez

Economista

Dominicano, consultor, con amplia experiencia profesional en regulación y supervisión del sector financiero, destacado por sus conocimientos en gerencia, finanzas bancarias, gestión de riesgos, administración y optimización de portafolios, investigación económica, planificación estratégica, análisis de riesgos financieros y sectoriales, análisis y estructuración de bases de datos, econometría, estadística, diseño y aplicación de modelos de pruebas de estrés.

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