El consultor jurídico del Poder Ejecutivo, Antoliano Peralta Romero, reveló que en la noche de ayer el presidente Luis Abinader emitió el Decreto 396-25, mediante el cual se aprobó el Reglamento de Aplicación de la Ley 368-22 sobre de Ordenamiento Territorial, Uso de Suelo y Asentamientos Humanos.
Este reglamento, cuyo borrador fue elaborado por el Viceministerio de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Regional del Ministerio de Economía, fue discutido en un proceso liderado por la Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo.
En este participaron instituciones como los ministerios de la Presidencia, Turismo, Vivienda y Edificaciones; representantes de asociaciones vinculadas a temas municipales, así como sectores del ámbito empresarial que serían impactados por esta norma.
Entre los aportes que ofrece este reglamento, se destacan la obligatoriedad de los Gobiernos locales de diseñar y aprobar planes de ordenamiento territorial que permitirán una gestión más eficiente del uso de suelo de las demarcaciones municipales.
Esto obliga a las oficinas municipales de planeamiento urbano a otorgar la autorización para desarrollar proyectos de infraestructura compatibles con la naturaleza de los tipos de suelo de cada municipio.
Asimismo, en los espacios con vocación para el desarrollo de proyectos turísticos, se requerirá la aprobación tanto del permiso de uso de suelo del Gobierno local, como también la certificación de no objeción del Ministerio de Turismo para la viabilidad del proyecto en cuestión.
Igualmente, se establece en el reglamento que el Ministerio de Hacienda y Economía será la autoridad competente para certificar cuáles distritos municipales cumplen con los requisitos del párrafo I del artículo 24 de la Ley 368-22, para la gestión del uso de suelo en su respectiva demarcación territorial.
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