El Tribunal Supremo español suspendió este martes el derecho al voto de miles de ciudadanos naturalizados, en una decisión que ha generado polémica en el país europeo.
Los afectados son beneficiarios de la Ley de Memoria Democrática, conocida popularmente como "ley de nietos", y que fue aprobada en octubre de 2022.
Esa normativa permite optar por la nacionalidad a los nacidos fuera de España que sean descendientes de exiliados durante el periodo de la Guerra Civil y de la dictadura franquista.
La normativa ha beneficiado ya a miles de ciudadanos de distintos países del mundo, incluyendo a varios de América Latina.
En la práctica, la decisión del Tribunal Supremo paraliza la inscripción inmediata de estos ciudadanos en el padrón electoral y los obliga a demostrar que son familiares de españoles exiliados para poder ejercer su derecho al sufragio.
Esto se da luego de que el tribunal acogiera parcialmente las medidas cautelares solicitadas en un recurso interpuesto por los partidos de ultraderecha Vox e Iustitia Europa, que buscan evitar que este grupo de españoles participe en los comicios generales de 2027.
Acusan al gobierno socialista de Pedro Sánchez de intentar abultar el padrón electoral para beneficio de su sector político, algo que ha sido desmentido por el líder de La Moncloa.
En el fallo conocido este jueves, el Tribunal Supremo argumenta que la inscripción en el censo electoral de los nacionalizados por la Ley de Memoria Democrática genera "un peligro fundado, real y serio de poder afectar gravemente a la objetividad y transparencia del proceso electoral".
Aquello, dice el auto, provocaría "un daño irreversible a la rectitud y corrección de aquel, toda vez que incide directamente en un elemento esencial para el Estado de Derecho como es el de la expresión de la voluntad popular a través del ejercicio del derecho de sufragio".
De acuerdo con el diario español El País, la medida dejó en el aire el derecho al voto de cientos de miles de personas beneficiarias de la "ley de nietos".
Un total de 2,4 millones han solicitado la nacionalidad española acogiéndose a esta ley, según los últimos datos oficiales hasta el 31 de mayo pasado.
De ese total, 333.696 personas ya estaban inscritas en el registro electoral de extranjeros y otras 238.065 habían obtenido la nacionalidad y procesaban su ingreso al registro.
"El Partido Popular y la ultraderecha cercenan el derecho al voto de miles y miles de ciudadanos españoles", dijo el presidente Sánchez.
El mandatario aseguró -de acuerdo con la agencia de noticias EFE- que no quiere "ciudadanos de primera y de segunda", sino ciudadanos "todos de primera, con los mismos derechos".
¿Qué resolvió el Tribunal?
La acción de Vox e Iustitia Europa se dirigía contra un acuerdo de julio pasado de la Junta Electoral Central (JEC), que rechazó pronunciarse sobre los efectos electorales de la normativa.
En la práctica, ahora el Tribunal Supremo paraliza la inscripción inmediata en el censo que regía hasta ahora y suspende el derecho a voto de quienes ya aparezcan o estén procesando su registro en el Censo Electoral de Residentes Ausentes (CERA), el padrón donde figuran los españoles que viven en el extranjero.
El organismo señala que solo mantienen el derecho al voto aquellos nacionalizados que puedan acreditar su condición "de hijo o nieto de nacidos fuera de España, de padre o madre, abuelo o abuela, que originariamente hubieran sido españoles, y que hubieran sufrido exilio por razones políticas, ideológicas o de creencia o de orientación de identidad sexual, y que hubieran perdido o renunciado a la nacionalidad española".
Ese criterio jurídico se contradice con las directrices de aplicación de la Ley de Memoria Democrática que había dictado el Ministerio de Justicia en 2022, donde se establece que para acogerse a la ley no hacía falta acreditar ser hijo o nieto de exiliado.
"Se presumirá" esa condición a "todos los españoles que salieron de España entre el 18 de julio de 1936 y el 31 de diciembre de 1955", señaló el organismo en esa oportunidad, especificando cómo la ley debía ser aplicada e interpretada en el Registro Civil.
En el fallo el Tribunal Supremo advierte que esa interpretación amplia ha provocado "el progresivo incremento del CERA" y "no parece ajustarse, tampoco, al contenido de la propia norma legal que interpreta".
El organismo admitió esta medida cautelar mientras dirime sobre el fondo de la controversia, por lo que la decisión no debe considerarse firme ni definitiva.
Sánchez ha pedido al tribunal que resuelva con rapidez para evitar que la suspensión se convierta en un limbo jurídico para miles de ciudadanos.
Desde Vox, por su parte, la celebraron.
La portavoz de esta agrupación política en el Congreso, Pepa Millán, destacó haber logrado que el tribunal "suspenda los efectos electorales de la llamada ley de nietos y el intento de manipulación electoral para las próximas elecciones".
"Unos se limitaron a avisarlo", dijo Millán en alusión a que el Partido Popular también ha salido a disputar los réditos políticos de la determinación judicial. "Y otros hemos logrado detener el objetivo de Pedro Sánchez de perpetrar un golpe en las próximas elecciones generales a través de la adulteración del censo", recalcó la vocera de Vox.
"Hoy se demuestra que hay que hacer y se puede hacer todo lo que esté en nuestra mano para parar a este gobierno y devolver la dignidad a los españoles", añadió.
"Es distinguir entre ciudadanos de una categoría y otra"
Los afectados por esta medida provisoria han reaccionado con decepción y preocupación.
Felipe Gómez, nacionalizado como español a través de la primera Ley de Memoria Democrática, es nieto de una exiliada republicana quien llegó a México en 1939.
El profesor dijo al diario español El País que la ofensiva de la derecha podría ser "un mal cálculo…porque nos puede llevar a varios a asegurar, a luchar por nuestro derecho al voto. Y no votaríamos por la derecha que es precisamente quien quiere impedirlo".
"Yo prevería que antes de las elecciones esto se haya resuelto conforme a la ley. Ningún estado democrático en el siglo XXI puede hacer una distinción entre tipos de connacionales, porque sería como distinguir entre ciudadanos de una categoría y de otra", recalcó.
La chilena Antonia Álvarez, quien está tramitando su nacionalidad en el país europeo, también se mostró crítica de la decisión del tribunal español.
"Esto, claramente, afectará a muchas personas que debieran tener este derecho como ciudadanos, los que la obtuvieron y los que estamos en trámite. Esta decisión nos hace sentir despreciados porque es una forma de decir: 'Usted no tiene este derecho porque no nació acá’", afirmó a la prensa local.
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