En la sesión ordinaria convocada para este miércoles por la Cámara de Diputados, los legisladores deberán conocer a fondo las observaciones que el Poder Ejecutivo hiciera al proyecto de ley que busca autorizar el reconocimiento y pago de deudas del Estado con contratistas por obras públicas ejecutadas sin contrato formal desde el año 1996.

La propuesta, aprobada en el Senado y la Cámara de Diputados en menos de 45 días, entre diciembre del 2025 y enero del 2026, encontró duras críticas por parte de la oposición durante el debate parlamentario, las cuales encontraron validez cuando la Consultoría Jurídica del presidente, Luis Abinader, advirtió que la pieza presentaba debilidades jurídicas y constitucionales, al ordenar pagos sin que las deudas sean “previamente ciertas, líquidas y exigibles”.

En la comunicación firmada por el mandatario se plantea que “La ley recientemente aprobada pretende reconocer deuda pública sin establecer previamente su certeza y exigibilidad, otorgando la calidad de acreedores del Estado a personas y empresas sin verificar de manera inequívoca la documentación que respalde dicha condición”.

Abinader resalta además como elementos para oponerse al proyecto que la sostenibilidad fiscal y la responsabilidad financiera, como principios constitucionales, “obligan al Estado a administrar los recursos públicos con disciplina, transparencia y equilibrio, garantizando que los ingresos y gastos se mantengan en proporción adecuada y que la deuda pública sea manejada de forma sostenible en el tiempo”.

El mandatario sostiene, por igual, que la normativa vulnera principios como la legalidad presupuestaria, al no identificar con claridad los montos a pagar ni establecer la fuente específica de los recursos, lo que podría generar impactos negativos en las finanzas públicas y afectar la seguridad jurídica del Estado.

Según advirtió el jefe de Estado, el hecho de que el proyecto no establece una fecha clara a partir de la cual se consideren las obras a pagar podría generar imprecisiones legales y, en caso de judicialización, permitir que los tribunales reconozcan reclamaciones en perjuicio del Estado, incluso sobre obligaciones que podrían estar prescritas.

Durante la discusión legislativa, tanto los diputados de la Fuerza del Pueblo (FP), como del Partido de la Liberación Dominicana (PLD) habían advertido que la ley podría abrir la puerta a pagos discrecionales y a la validación posterior de obras sin los debidos controles institucionales, planteamientos que ahora coinciden con las observaciones del Poder Ejecutivo.

Como lo establece la Constitución en su artículo 103, si el Congreso, que tiene la facultad de rechazar o aceptar las observaciones, no decide sobre esto dentro de dos legislaturas ordinarias consecutivas, estas se considerarán aceptadas, lo que dejaría sin efecto la ley aprobada y obligaría a su eventual reintroducción.

Franiel Genao

Activista social

Comunicador Social especializando en temas políticos y legislativos.

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