El llamado Caso “Anti-pulpo” marca un antes y un después en la lucha contra la corrupción en República Dominicana.  No sólo por lo explícito, condenar al hermano de un expresidente por malversación, sino por lo implícito, las profundas deficiencias éticas en el sistema que hemos desarrollado los dominicanos para gobernarnos.

En diciembre de 2021, bajo el seudónimo de Anti-Pulpo, el Ministerio Público reveló al país su acusación de un entramado encabezado por Alexis Medina Sánchez, hermano del expresidente Danilo Medina Sánchez, que operó durante la presidencia de éste, entre 2012 y 2020 y que, mediante una serie de personas jurídicas y un tráfico grosero de influencias por parte del principal acusado, obtuvo un gran número de contratos privilegiados resultantes en el desvío de fondos públicos que el mismo Ministerio Público estimó en al menos RD$4,000 millones.

En base a esto, se incautaron cientos de millones de pesos, cientos de miles de dólares, vehículos y bienes raíces de lujo, incluso más de 30 millones de metros cuadrados en Najayo, San Cristóbal, aunque el nombre de los vendedores de dichos terrenos aún no ha salido a la luz pública. La esperanza era que, frente a la seriedad de la acusación del Ministerio Público, el Poder Judicial haría cumplir la ley con toda su fuerza: 20 años de prisión y la devolución del duplo de lo robado.

Tras más de tres años de litigio, el 14 de agosto de 2025 el Segundo Tribunal Colegiado dictó sentencia: Alexis Medina fue hallado culpable más allá de cualquier duda razonable y fue condenado a siete años de prisión, una reparación civil de RD$500 millones y una multa de 150 salarios mínimos, que representan entre RD$1.5 y RD$3.85 millones, según la escala salarial aplicable.  De lo que se ha leído en la prensa, parece válido inferir que lo sucedido es equivalente a que alguien robe cuatro mil pesos y se le condene a devolver quinientos cuatro.

Por si no fuese claro, esta sentencia significa que, para diciembre de 2028, Alexis Medina Sánchez, estará entre nosotros libre, con sus derechos políticos reestablecidos y, al parecer, en capacidad de disfrutar el 90%, más o menos, de lo malversado.

En un país donde el robo común aún encuentra castigos indignantes y cárceles que rayan en lo inhumano, el tiempo que duró el proceso, así como la privación de libertad impuesta, son nuestras primeras pistas de lo que la sentencia no dice, pero es mucho más significativo y perenne. Cuando en otros países, procesos similares tardan entre 18 meses y tres años, rara vez más. En el nuestro, nos tomamos tres años y ocho meses. Poniendo en evidencia que el viejo adagio del derecho anglosajón “justice delayed is justice denied” (Justicia dilatada es justicia negada) tiene entre nosotros un efecto evidente y desgarrador.  Esta dilación de las juezas convino al imputado y dañó a la víctima, el pueblo en este caso. Conscientes o no, la dilación del proceso sirvió para erosionar la confianza pública, debilitar la recuperación de los activos defraudados y, peor aún, viabilizar el discurso de “persecución política” esgrimido desde el PLD.

La otra pista es que, aunque el marco legal permite sanciones de 20 años y multas de hasta el doble de lo sustraído, las juezas se creen en la capacidad de “buscar un bajadero” que calme al pueblo y proteja al imputado, hoy condenado.  Desde mi punto de vista y olvidando las consideraciones morales y éticas frente al robo de lo ajeno, que se debieran agudizar cuando el robo es de lo común, esto no nos parece una condena, más bien nos parece un buen negocio. Las “limitaciones probatorias” y “la ausencia de avalúos concluyentes” mencionadas en la prensa para justificar la sentencia hablan a gritos de la decidía de las juezas de cumplir con su papel. ¿No podían ellas solicitar evidencias supletorias que le permitirían lograr que la ley fuera bien aplicada, en vez de utilizar la ausencia, si la había, para justificar una sentencia mediatizada? Si la información que he recibido es correcta, el desfase más que evidente entre lo malversado y la pena es altamente ofensivo.  Ofensa que se traducirá en una consecuencia mucho peor: Erosionar aún más cualquier vestigio de confianza en el manejo de lo público que quede en nuestra sociedad. Como ciudadanos nos resulta inaceptable que lo recuperado sea prácticamente un diezmo de lo que se defraudó.  En este sentido, la sentencia es histórica, pero también es históricamente cara. Y no sólo en lo económico, sino también por que revela dos realidades profundas y siniestras que, más que de los actores específicos, hablan de nuestro sistema.

Primero, el descontrol de sistema de partidos políticos. Desde el punto de vista ético, es muy difícil de entender que el PLD, en vez de poner distancia de Danilo Medina, demandando su renuncia como el verdadero vehículo para que todo esto pasara, lo afirme como su dueño y señor, lo presente como candidato para diputado al PARLACEN, perfeccionando un tecnicismo legal que lo hace impune. Y no digo que Danilo Medina Sánchez supiera o participara en las acciones de su hermano. Esto no lo sabemos. Pero, también me parece poco importante. Lo que se acaba de demostrar, al parecer con el juez en contra, es que, al menos Alexis Medina Sánchez, utilizó su vínculo de hermano para enriquecerse abusando del erario público. Quiérase o no, esto convierte a su hermano en un catalizador de los hechos que amparan la condena. Resulta impensable pues, que un partido, cualesquiera que sean sus siglas, con verdadera vocación de poder, no vea que esta realidad es un óbice importante para que gran parte del electorado le devuelva la confianza. Desde esta lógica, los “compañeros” del Comité Político debieran estar, en vez de hablando de “persecución política”, pidiéndole a su presidente que renuncie al PARLACEN y a la presidencia del Partido. Sé lo ilógico (por no decir estúpido) que suena esto para muchas personas activas en la política partidaria nacional. Sin embargo, su asombro, peor aún su burla, no creo que le quite validez al análisis que presento. Créanme con esto pierde más el partido que debiera estar por encima de la persona, de la misma forma que el bien común debiera estar por encima de cualquier partido.

Segundo, el Ministerio Público dominicano puede sentirse orgulloso de lo hecho, con sus luces y sus sombras. Pero, nuestro Poder Judicial de nuevo nos falla. La actuación del Poder Judicial, a través de las juezas Claribel Nivar Arias, Yissel Soto Peña y Clara Sobeida Castillo, presidenta e integrantes del Segundo Tribunal Colegiado del Distrito Nacional, han producido un fallo que, más allá de los tecnicismos, huele a cálculo. Al absolver a figuras cercanas a un expresidente e imponer sanciones – privativas de libertad y económicas – reducidas, envían un mensaje servil que habla mucho de alineamiento con el poder establecido y poco o nada de rigor ético y de obediencia ante la ley.  Cualquiera que sea la razón (léase excusa), éticamente pierde el país y pierde el Poder Judicial que se desnuda frente a la ciudadanía y nos dice claro que su objetivo no es hacer justicia, sino administrar, con el equilibrio pasmoso y relativista que vemos en lo que conocemos, su deferencia ante el poder. Deferencia que perpetúa no sólo la creencia común si no el hecho de que la justicia dominicana no es “ciega”, léase imparcial. Es un sistema que opera con un exceso de rigor contra los débiles, pero que cuando brega con poderosos se auto modula. Esta característica afecta negativamente sólo a aquellos que no pueden encontrar justicia entre nosotros, sino a nuestra sociedad como un todo, pues enraíza la diferencia ante la ley, erosiona la legitimidad del orden democrático y fortalece el cinismo social.

La justicia, si quiere ese nombre, no puede frenar ante nadie, ningún ciudadano está exento de ser medido justamente con la vara de la ley. Esta es la deuda. Pero, viendo lo hecho en el Caso Anti-pulpo, ¿Qué le queda al ciudadano? ¿Qué debe pensar? ¿Qué esperanza de justicia nos puede quedar si existe reticencia y miedo en el Poder Judicial de aplicar la ley contra cualquier miembro de un partido político, aun cuando éste no está en el poder? ¿Qué debe pensar la persona que hace negocios en una sociedad que administra así su justicia? ¿Qué dice esto de nuestra “seguridad jurídica”? ¿Qué pensará el narco traficante o quien se enriquece ilegítimamente ahora, entre nosotros?

Con todo, la condena sigue siendo un hito. Por primera vez, el hermano de un expresidente ha sido encontrado culpable más allá de la duda razonable de enriquecerse ilícitamente. Esto debemos celebrarlo. Hay que felicitar a los procuradores que lograron esta condena. Debemos felicitarnos como sociedad que ha logrado esta condena, de forma pacífica, y al parecer con el árbitro en contra, reitero. Sin embargo, duele y, tenemos que decirlo, que al mismo tiempo se den señales que perpetúan entre nosotros la idea de que es válido usar la cercanía primaria al poder para beneficio personal, definición de libro de la palabra “corrupción”. Duele que el mismo fallo que es una señal de que el pueblo ha avanzado, también es una señal inequívoca de que falta mucho para alcanzar el sueño constitucional de que en la República Dominicana la ley sea una e igual para todos.

Frank Abate

Abogado y financista

Abogado y financista, con vasta experiencia, nacional e internacional, en el diseño de políticas públicas para el desarrollo económico. Profesionalmente, se ha destacado en el campo de las microfinanzas, responsabilidad social empresarial y en el diseño y liderazgo de procesos de cambio institucional y gobierno corporativo para Instituciones sin fines de lucro.

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