Terminamos julio con la aprobación de modificaciones al Código Penal que está ya al punto de entrar en vigor. Nuestro Congreso Nacional recibió una propuesta de modificación express por parte del Poder Ejecutivo a raíz de las protestas ciudadanas y de la reunión con algunos influencers y personalidades de redes sociales que hablaban de “ley mordaza”.

La discusión inicial, todos entendíamos que era sobre la redacción y las penas dispuestas para el tipo penal de difamación y el ultraje a los funcionarios, dado que ciertos sectores entendieron que lo aprobado supondría un peligro para la libertad de expresión y difusión del pensamiento; sin embargo, el Poder Ejecutivo luego de la reunión con los influencers remitió una propuesta mucho más abarcadora para corregir y modificar múltiples artículos más allá de las conductas que generaron amplios rechazos en diferentes sectores.

El problema no ha sido que se sometiera esa propuesta de modificación, la cual pudo haber sido realizada hace mucho tiempo, pero recordemos que por tradición somos excelentes en procrastinación. El problema realmente es que no ha habido debate suficiente ni tampoco la oportunidad de una modificación más consensuada de los asuntos del Código.

No ha habido interés y resulta absurda la prisa con la que se han aprobado todas las modificaciones, sobre todo porque no ganó la posición de extender la vacatio legis para cumplir con la misma finalidad inicial de ésta y que un mes antes todo el mundo se acordó que existía.

Entonces si como quiera va a entrar en vigor el Código a partir del próximo 3 de agosto, con excepción de lo que respecta a la responsabilidad penal de las personas jurídicas; ¿por qué aprobar al vapor otras modificaciones que no eran las reclamadas inicialmente? ¿por qué no dar un tiempo prudente para volver sobre los artículos que generan mayores incertidumbres, para conciliar aspectos procesales, para verificar la sostenibilidad de la modalidad del cúmulo de pena, para revisar las penas complementarias y quizás racionalizarlas o adecuarlas según el principio de proporcionalidad?

Y para el colmo se cuela un tipo penal que realmente pone en peligro el ejercicio de los profesionales del derecho: “el ultraje en el ámbito jurisdiccional”. ¿Quién le pidió eso al Poder Ejecutivo o al Congreso Nacional? Eso no tiene sentido y es un tipo penal peligrosísimo para el ejercicio del derecho de defensa o de las víctimas.

La prisa es la madre del error. Es una necedad de parte del Congreso Nacional y del Poder Ejecutivo hacer un performance de institucionalidad si al final seguimos con lo de siempre: la política del gatopardismo.

Como escribí en mi artículo anterior “lamentablemente toca proceder con las mejoras, adecuaciones y modificaciones a lo típicamente dominicano: sobre la marcha.”

Thiaggo Marrero Peralta

Abogado

Dominicano. Abogado que aspira a un Estado de Derecho pleno. Amo la música y los libros.

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