La destitución del rector del Instituto Tecnológico de las Américas, ITLA, mediante el decreto 39-26, no puede leerse como un hecho aislado ni como una corrección administrativa ordinaria. Se inserta en una secuencia de decisiones que, una vez sometidas al escrutinio público o confrontadas con la realidad institucional, han debido ser revisadas por el propio Poder Ejecutivo. El problema no reside en la capacidad de corregir, sino en la reiteración de esas correcciones y en la ausencia de consecuencias reales.
Rafael Féliz García fue designado rector del ITLA en julio de 2024 mediante el decreto 390-24. Su salida se produce luego de denuncias sobre irregularidades administrativas que han ocupado la agenda pública y han motivado investigaciones periodísticas. El desenlace no resulta inesperado. Lo relevante es el proceso previo que permitió que ese nombramiento se materializara en una institución de carácter estratégico. El ITLA administra recursos públicos significativos, ejecuta políticas de formación tecnológica con impacto directo en la empleabilidad y mantiene vínculos permanentes con sectores productivos y académicos. Su conducción exige experiencia en gestión pública, conocimiento del sistema educativo superior y dominio del régimen administrativo. Cuando estas condiciones no concurren de manera suficiente, el conflicto no es eventual. Es previsible.
La separación del rector del ITLA no puede desligarse de la investigación periodística realizada por Nuria Piera, cuyo seguimiento sistemático del caso colocó la gestión de la institución en el centro del debate público. Ese trabajo examinó prácticas administrativas y patrimoniales, incorporó testimonios y documentos, y sostuvo el escrutinio más allá del acto administrativo de separación. El 24 de enero de 2026 fue puesto al aire un nuevo programa que amplió los señalamientos ya expuestos, confirmando que no se trataba de una denuncia aislada, sino de una investigación en desarrollo.
Este patrón había mostrado señales claras desde los primeros meses del actual gobierno. El Ministerio de la Juventud dejó entonces un antecedente difícil de ignorar. Kimberly Taveras renunció en diciembre de 2020 tras una controversia pública sostenida. Dos días después, el Poder Ejecutivo designó a Luz del Alba Jiménez mediante el decreto 694-20. Menos de un año más tarde, el decreto 786-21 derogó ese nombramiento. Dos salidas consecutivas en una misma cartera, en un corto período, no describen un problema estrictamente personal. Revelan una falla en el sistema de evaluación previa.
Un escenario similar se presentó con el nombramiento del director ejecutivo de la Dirección General de Alianzas Público-Privadas. Carlos Pimentel fue designado mientras formaba parte del consejo de la propia institución y mantenía funciones en la Dirección General de Contrataciones Públicas. La incompatibilidad, apreciable a la luz del marco legal vigente, condujo a una rectificación casi inmediata. El decreto fue corregido sin que se ofreciera una explicación pública formal sobre el proceso que dio lugar a esa incompatibilidad.
El caso del Instituto Nacional de Aguas Potables y Alcantarillados, INAPA, introdujo un elemento adicional de mayor calado institucional. Para viabilizar el nombramiento de Wellington Arnaud al frente de una institución de carácter técnico, se promovió una modificación del marco legal aplicable. No se trató de corregir una designación fallida, sino de ajustar la norma para sostener una decisión ya adoptada. El precedente que ello establece merece ser examinado con detenimiento.
A este patrón se suma una práctica que requiere mayor responsabilidad política. La aceleración de carreras jóvenes hacia posiciones de alta exposición pública y fuerte presión institucional no suele ser un favor, sino un daño. El servicio público exige formación gradual, conocimiento del Estado y capacidad para resistir presiones que no se aprenden en el ascenso vertiginoso. Cuando una designación coloca a una persona sin la preparación suficiente frente a estructuras complejas y expectativas inmediatas, el margen de error se reduce al mínimo. El resultado suele ser desgaste prematuro y trayectorias públicas marcadas antes de consolidarse.
Estos episodios se desarrollan en paralelo a una narrativa gubernamental reiterada sobre la independencia del Ministerio Público en la investigación de casos de corrupción administrativa. Ese planteamiento forma parte del discurso oficial. La realidad procesal muestra, sin embargo, que los casos emblemáticos abiertos durante este período no han culminado en sentencias firmes. Existen investigaciones en curso y procesos prolongados, pero no decisiones definitivas que permitan hablar de consecuencias concluyentes. A ello se suma un elemento político que rara vez se aborda con franqueza. Funcionarios removidos tras cuestionamientos públicos o fallas de gestión han sido posteriormente reubicados en posiciones relevantes dentro del mismo aparato estatal. En otros casos, personas señaladas en administraciones anteriores han sido incorporadas nuevamente a funciones de alto nivel. La destitución no opera como cierre institucional del error, sino como tránsito administrativo.
La reiteración de estos hechos obliga a una lectura más severa. No se trata de destituciones tardías ni de decretos corregidos de manera aislada, sino de un sistema que admite el error sin producir consecuencias efectivas. Mientras las correcciones no tengan un costo político, administrativo o institucional tangible, la reiteración dejará de ser una anomalía para convertirse en una forma de gobernar.
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