La reciente tragedia ocurrida en la discoteca Jet Set, que resultó en la pérdida de 226 vidas, ha sumido a la República Dominicana en un profundo luto. En medio del dolor, muchas familias enfrentan la compleja tarea de gestionar los asuntos financieros de sus seres queridos fallecidos. Este artículo ofrece una guía sobre los procedimientos a seguir para recuperar depósitos, saldar préstamos y manejar otros productos financieros, al tiempo que hace un llamado a las autoridades y entidades financieras para facilitar estos procesos en momentos tan difíciles.
El primer paso para los familiares es identificar los productos financieros que el fallecido tenía al momento de su deceso. Para ello, deben dirigirse a las siguientes instituciones:
- Superintendencia de Bancos (SB): A través de su portal ProUsuario, se puede solicitar una certificación gratuita que detalla las cuentas, préstamos y otros productos financieros que el fallecido mantenía en entidades supervisadas.
- Superintendencia del Mercado de Valores (SIMV): Para conocer sobre inversiones en valores, bonos o fondos mutuos, se debe solicitar una certificación que indique los productos registrados a nombre del fallecido.
Estas certificaciones son fundamentales para iniciar cualquier trámite relacionado con la recuperación de activos o la gestión de deudas.
Una vez identificados los productos financieros, los herederos deben presentar la siguiente documentación a las entidades correspondientes:
- Acta de defunción del fallecido, debidamente legalizada.
- Acta de matrimonio (si aplica) y actas de nacimiento de los herederos.
- Declaración de herederos o testamento registrado.
- Documentos de identidad de los herederos o representantes legales.
Es importante destacar que, según las políticas de algunas entidades bancarias, una vez verificada la documentación, se procederá a la liquidación de los fondos y al cierre de las cuentas del fallecido.
En cuanto a los préstamos y otras deudas, es esencial determinar si existían seguros asociados que cubrieran el saldo en caso de fallecimiento. Si tales seguros estaban vigentes, la deuda debería ser saldada por la aseguradora.
En ausencia de seguros, las deudas pueden ser reclamadas a la sucesión del fallecido. Sin embargo, los herederos no están obligados a pagar las deudas con su propio patrimonio, a menos que hayan sido co-deudores o garantes.
Llamado a la acción para autoridades y entidades de intermediación financieras
La magnitud de esta tragedia resalta la necesidad de que las autoridades financieras, especialmente la Superintendencia de Bancos, revisen y unifiquen los procedimientos para la gestión de productos financieros de personas fallecidas.Actualmente, los procesos varían entre entidades, lo que puede generar confusión y retrasos para los familiares en duelo.
Se recomienda la implementación de una normativa que estandarice los requisitos y procedimientos, garantizando un trato justo y empático hacia los afectados.
En estos momentos de dolor, es fundamental que las entidades financieras muestren empatía y responsabilidad social. Una forma concreta de hacerlo es considerar la condonación de deudas en casos donde no existan seguros y los herederos no tengan la capacidad de pago. Tal medida no solo aliviaría la carga financiera de las familias, sino que también fortalecería la imagen y compromiso social de las instituciones.
La tragedia en Jet Set ha dejado una huella imborrable en la sociedad dominicana. Mientras las familias buscan consuelo, también enfrentan desafíos administrativos y financieros. Es deber de las autoridades y entidades financieras facilitar estos procesos, actuando con sensibilidad y compromiso para aliviar, en la medida de lo posible, el peso que recae sobre los deudos.
***
La columna “La Banca Dominicana por Dentro”, es desarrollada por Jesús Geraldo Martínez, en el interés de aportar al fortalecimiento del Sistema Financiero Dominicano desde una perspectiva analítica y práctica orientada a la formación de conocimientos y divulgación de informaciones exclusivas de dicho sector. Para contactar con el autor. Email abogadojesus@icloud.com, o seguir a @Jesusgeraldomartinez en Instagram.
Compartir esta nota