El ministro de Justicia, Antoliano Peralta, calificó como “absurda” la situación en la que el procurador general administrativo —denominado ahora por la Constitución como abogado de la administración pública— figure como dependiente del Ministerio Público, cuando su función es defender al Estado en conflictos judiciales con los ciudadanos.
“Cuando un ciudadano demanda a la administración pública, ¿en manos de quién lo demandamos? En manos del procurador general de la República. ¿Qué hace el procurador? Manda un fiscal. Y se me hace fuerte decir un fiscal, porque siempre hay un miembro del Ministerio Público”, señaló.
Las declaraciones fueron ofrecidas durante la Conferencia del Poder Judicial 2026, celebrada este viernes 10 de abril en la Ciudad Judicial, en un panel en el que también participó el viceministro Pedro Luis Montilla y que fue moderado por Servio Tulio Castaños, presidente de la Fundación Institucionalidad y Justicia (FINJUS).
Una anomalía heredada desde 1964
Peralta explicó que esta distorsión tiene su origen en 1964, cuando fue disuelto el antiguo Ministerio de Justicia y sus atribuciones pasaron al Ministerio Público, incluyendo la representación legal del Estado ante los tribunales.
Según el ministro, esa función nunca debió recaer en un órgano cuya misión es la investigación y persecución criminal.
Para ilustrar el problema, citó el caso de México, donde una normativa —que identificó con el número 1486— establecía que para demandar al Estado era necesario notificar al procurador general, una situación derivada de una reorganización institucional similar.
“Esto es producto de la disolución en algún momento en el año 1964 del Ministerio de Justicia, cuando se pasaron atribuciones del Ministerio de Justicia al Ministerio Público”, explicó.
Fiscales en procesos no penales
El ministro subrayó que la mayoría de las demandas contra el Estado dominicano se conocen en la jurisdicción contencioso-administrativa, especialmente ante el Tribunal Superior Administrativo, y no en materia penal.
Sin embargo, históricamente ha sido el Ministerio Público quien ha asumido esa defensa.
“El Ministerio Público sigue representando al Estado en lo que concierne a acciones penales, pero siendo el Estado una persona moral, es menos probable que haya acciones penales individuales en su contra”, precisó.
Entre los casos más comunes, mencionó las demandas por justo precio de inmuebles declarados de utilidad pública, la negativa de licencias para operaciones mineras o medioambientales y otros conflictos entre ciudadanos y la administración pública.
Hacia una defensa especializada del Estado
Peralta indicó que la creación del Ministerio de Justicia, mediante la Ley 80-25, busca corregir esta distorsión histórica, trasladando la defensa del Estado a abogados especializados en derecho administrativo, en lugar de fiscales.
Asimismo, hizo referencia a un proyecto de ley orientado a modificar la estructura de la jurisdicción contencioso-administrativa, cuyos detalles serían abordados por el viceministro Pedro Luis Montilla, también participante en el panel.
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