El Ministerio Público interpuso formalmente un recurso de apelación contra la sentencia que declaró penalmente responsable a Wander Samuel Franco Aybar por abuso sexual y psicológico en perjuicio de una adolescente, pero le concedió un perdón judicial que lo exime de cumplir una pena.
La apelación fue presentada de manera parcial contra la Sentencia Penal núm. 272-02-2026-SSEN-00149, emitida por el Tribunal Colegiado Ad Hoc del Distrito Judicial de Puerto Plata.
El tribunal estuvo integrado por los jueces José Ramón Núñez, quien lo presidió; Jenny Amarilis Martínez y Praire Ruiz, designados para conocer el nuevo juicio ordenado en diciembre pasado por la Corte de Apelación del Departamento Judicial de Puerto Plata.
El órgano acusador sostiene que el perdón judicial no guarda correspondencia con la gravedad de los hechos reconocidos por el propio tribunal ni con los daños causados a la víctima y a la sociedad.
Sentencia condenó a la madre de la adolescente
La decisión también condenó a la madre de la adolescente a cumplir 10 años de prisión en el Centro de Corrección y Rehabilitación Rafey Mujeres, en Santiago, por explotación sexual comercial y lavado de activos.
El Ministerio Público precisó que esa parte de la sentencia no fue recurrida.
El recurso fue presentado por la Procuraduría Especializada Antilavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo y la Fiscalía de Puerto Plata, representadas por los fiscales Ramona Nova Cabrera, Kelmi Ricardo Duncan Torres, Claudio Alberto Cordero Jiménez, José Martínez Montán y Olga Diná.
Los representantes del Ministerio Público argumentaron que la sentencia incurre en una aplicación incorrecta de la ley, vulnera principios fundamentales del proceso penal y resulta incompatible con la gravedad de los hechos acreditados.
“Las decisiones judiciales deben mantener coherencia con los hechos probados, la calificación jurídica establecida y el marco legal aplicable. La lucha contra la explotación de menores y el lavado de activos exige respuestas compatibles con los principios de legalidad y justicia”, señalaron.
Piden revocar la exención de la pena
En su recurso, el Ministerio Público solicita a la Corte de Apelación revocar la parte de la decisión que eximió de pena a Wander Franco.
La sentencia estableció su responsabilidad penal por violación de las disposiciones contenidas en el artículo 396, literales b y c, del Código para la Protección y los Derechos Fundamentales de Niños, Niñas y Adolescentes, contenido en la Ley 136-03.
Esas disposiciones se encuentran relacionadas con el abuso sexual y el abuso psicológico cometido en perjuicio de una persona menor de edad.
El órgano acusador sostiene que la aplicación del perdón judicial constituye una interpretación errónea y extensiva de una figura jurídica concebida para circunstancias excepcionales que, a su juicio, no concurren en este caso.
Consideran contradictoria la decisión
Los fiscales recurrentes plantean que existe una contradicción entre la declaración de responsabilidad penal y la exención total de la pena.
Según explicaron, el propio tribunal determinó que el procesado incurrió en abuso sexual y psicológico contra una adolescente, por lo que consideran que el perdón judicial no resulta compatible con la naturaleza y trascendencia social de los hechos.
El Ministerio Público entiende que la decisión se aparta de las condiciones legales establecidas para aplicar esta figura, debilita los fines preventivos y sancionadores del derecho penal y envía un mensaje contrario a la protección reforzada reconocida a niños, niñas y adolescentes.
Caso involucró acusaciones de abuso y lavado de activos
El proceso tuvo su origen en una investigación que derivó en acusaciones por hechos relacionados con abuso sexual, abuso psicológico y explotación de una persona menor de edad, así como por operaciones vinculadas con el lavado de activos.
Con la presentación del recurso, el Ministerio Público busca que la Corte de Apelación revise los aspectos impugnados y adopte una decisión que considere ajustada a la Constitución, la legislación penal y la protección efectiva de los derechos de las víctimas.
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