La Cámara de Cuentas detectó irregularidades significativas en la adjudicación de 29 contratos por RD$ 154,726,283, relacionados con obras, servicios y adquisiciones, tras una auditoría al Ayuntamiento de Santo Domingo Este, correspondiente al período 2018-2019.

El informe de fiscalización indica que, durante la gestión de Alfredo Martínez (El Cañero), del Partido de la Liberación Dominicana (PLD), la alcaldía firmó contratos con proveedores sin cumplir los procedimientos legales de selección establecidos por la Ley 340-06 de Compras y Contrataciones en el Estado.

Según el órgano superior de control externo, las autoridades del cabildo habrían vulnerado el artículo 220 de la normativa 176-07 del Distrito Nacional y los Municipios al firmar los contratos mencionados, el cual establece:

"Artículo 220.- Capacidad para contratar". Los ayuntamientos tendrán capacidad para concertar contratos para la adquisición de bienes y servicios, siempre que los mismos no sean contrarios al interés público, al ordenamiento jurídico vigente y a los principios de buena administración".

Obras adjudicadas a familiares

El Ayuntamiento Municipal de Santo Domingo Este contrató obras por RD$ 5,259,651 con Santana Martínez y Asociados S.A., representado por la ingeniera Georgina de la Cruz Martínez. La empresa es mayoritariamente propiedad de Freddy Amaury Santana, hijo de Freddy Marcial Santana Martínez, quien fue secretario general y miembro del Comité de Compras y Contrataciones del Ayuntamiento, lo cual viola la Ley contrataciones 340-06, dicen el informe de la CCRD.

El artículo 14 de la legislación establece que "Los parientes por consanguinidad hasta el tercer grado o por afinidad hasta el segundo grado, inclusive, de los funcionarios relacionados con la contratación cubiertos por la prohibición, así como los cónyuges, las parejas en unión libre, las personas vinculadas con análoga relación de convivencia afectiva o con las que hayan procreado hijos, y descendientes de estas personas."

Incumplimiento de contratos de supervisión

Asimismo, el informe indica que las autoridades del Ayuntamiento de Santo Domingo Este firmaron seis acuerdos de supervisión de obras por un total de RD$ 91,476,390. La CCRD señala que las empresas contratadas fueron deficientes al permitir la ejecución de estas obras sin cumplir con las normas técnicas adecuadas.

Los contratos abarcan la supervisión de la reconstrucción de aceras y contenes, el bacheo de calles, la finalización y ampliación de una iglesia, y la construcción de dos parques y una plazoleta, todas realizadas en diferentes sectores del municipio Santo Domingo Este.

La Cámara cuestiona la supervisión de los trabajos, señalando la falta de un informe que detalle el avance y el tiempo de ejecución, la ausencia de una bitácora de obras para controlar el desarrollo diario y registrar asuntos relevantes, así como deficiencias en las cantidades volumétricas a favor de los contratistas.

Otras sin documentación

En ese mismo contexto, la experticia reveló que en una muestra de obras ejecutadas por un total de RD$ 150,931,359, varias carecen de la documentación básica requerida, como bitácoras, facturas de pago al CODIA, cumplimiento de la Ley 6-86, planos As-built y pólizas de vicios ocultos.

En relación con este asunto, el informe cita el artículo 13 de la Ley 340-06 de Compras y Contrataciones del Estado, que establece:

"La entidad contratante llevará un expediente de cada contratación en el que constarán todos los documentos e información relacionada, bajo responsabilidad de funcionarios perfectamente identificados, por un lapso no menor de los cinco (5) años. Se reconoce el acceso al expediente a las personas que tengan interés en la tutela de situaciones jurídicamente protegidas".

Falta de póliza de garantía en obras

Igualmente, del análisis de obras contratadas, se identificaron contratos por RD$ 27,549,141, de los cuales RD$ 2,754,914, carecen de comprobantes de pago de las pólizas de garantías, anticipos y vicios ocultos. Estas obras incluyeron el asfaltado de calles, la reconstrucción de aceras y contenes, así como la reparación de pisos de casas.

El documento de la Cámara de Cuentas señala que la Ley 5560 establece que los contratistas de obras del Estado o de instituciones oficiales deben proporcionar una garantía temporal, incluyendo pólizas por anticipos y vicios ocultos, según el artículo 2 de la normativa.

"A la recepción de la obra, el contratista depositará como requisito previo indispensable para la expedición de la certificación correspondiente, una garantía que cubra el 10% del monto total del contrato por el término de un año. Esta garantía se aplicará total o parcialmente a cubrir cualquier reparación que hubiere necesidad de hacer a la obra, como consecuencia de vicios ocultos en su construcción (…)".

Julián Herrera

Periodista

Periodista. Reportero de Acento.com.do

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