Cada Navidad, los trabajadores dominicanos reciben el conocido doble sueldo o regalía pascual, que corresponde a la duodécima parte del salario ordinario devengado por el trabajador en el año calendario, independientemente del tiempo que se haya laborado en la empresa.
Para calcular el doble sueldo cuando se ha trabajado menos de un año, se debe sumar el salario de cada mes y luego dividir entre 12.
Por ejemplo, con un salario de RD$ 10,000 y 6 meses de trabajo, el cálculo sería sumar seis veces RD$ 10,000 y el resultado, RD$ 60,000, dividirlo entre 12, dejándonos con un doble sueldo de RD$ 5,000.
Así, en este caso, el empleado recibiría la mitad del salario mensual como doble sueldo, proporcional al tiempo trabajado, la mitad de un año.
Según el Código de Trabajo, el pago de la regalía pascual deberá estar en tu cuenta a más tardar el 20 de diciembre. Esto no puede ser embargado, gravado, vendido o cedido y está libre de impuestos sobre la renta.