El Sexto Juzgado de la Instrucción del Distrito Nacional rechazó la solicitud de Bolívar Nicolás Fernández Espinal para recuperar parte de los bienes y efectos ocupados durante los allanamientos relacionados con el proceso judicial que sigue el Ministerio Público contra una presunta red de cobro de sobornos integrada por militares y un civil, desmantelada durante la Operación Lobo.
La decisión fue adoptada por la jueza Yanibet Rivas, quien consideró que los objetos reclamados por el imputado podrían ser objeto de decomiso al concluir el proceso penal, por lo que entendió que no procedía ordenar su devolución en esta etapa de la investigación.
Al término de la audiencia, la fiscal Rosa María Pichardo explicó que el tribunal acogió el argumento del Ministerio Público de mantener retenidos los efectos considerados relevantes para sustentar la investigación. No obstante, indicó que la Fiscalía no objetó la devolución de otros bienes que carecen de interés probatorio, petición que sí fue autorizada por la jueza.
Fernández Espinal figura entre los acusados de integrar una estructura que, según la acusación, operaba mediante el cobro de sobornos para facilitar contrataciones y adjudicaciones en instituciones públicas. La investigación señala que las supuestas operaciones ilícitas habrían afectado al Instituto Nacional de Atención Integral a la Primera Infancia (Inaipi), el Seguro Nacional de Salud (SeNaSa) y las empresas distribuidoras de electricidad EdeNorte, EdeEste y EdeSur.
El expediente también incluye al mayor general retirado del Ejército Carlos Ambrosio Robles Díaz; los coroneles Andrés Pacheco Varela, Luis Ernesto Vicioso Bocio, Francisco Guarín Fernández y Elías Camaño Pérez; el coronel de la Fuerza Aérea Yorbyn Eduardo Eufracio Aybar; el primer teniente del Ejército Wellington Peralta Santos; el coronel de la Policía Nacional Ramón Quezada Ortiz, y el empresario Quilvio Bienvenido Rodríguez González.
Todos enfrentan acusaciones por presuntos delitos de soborno, asociación de malhechores, estafa contra el Estado y lavado de activos. El Ministerio Público sostiene que las conductas atribuidas a los imputados violan disposiciones del Código Penal, la Constitución y la Ley 155-17 sobre Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo.
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