El Ministerio Público solicitó a la Corte de Apelación de Puerto Plata condenar a cinco años de prisión al pelotero Wander Samuel Franco Aybar, tras ser declarado culpable de abuso sexual y psicológico contra una adolescente, pero beneficiado con un perdón judicial que lo eximió del cumplimiento de una pena.
La Procuraduría Especializada Antilavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo y la Fiscalía de Puerto Plata recurrieron parcialmente la sentencia emitida el pasado 25 de mayo por el Tribunal Colegiado Ad Hoc del Distrito Judicial de Puerto Plata.
El órgano acusador pidió a la corte revocar el ordinal primero de la decisión y dictar una sentencia condenatoria de cinco años de prisión para Franco Aybar, a ser cumplidos en el Centro de Corrección y Rehabilitación San Felipe, de Puerto Plata.
Franco fue declarado culpable de violar el artículo 396, literales b y c, del Código para la Protección y los Derechos Fundamentales de los Niños, Niñas y Adolescentes (Ley 136-03), por abuso sexual y psicológico contra una persona menor de edad.
El Ministerio Público sostiene que el perdón judicial aplicado por el tribunal de primer grado constituye una interpretación incorrecta de esa figura jurídica y que la decisión resulta desproporcionada frente a las circunstancias y agravantes acreditadas durante el proceso.
Asimismo, solicitó que se confirme la condena de 10 años de prisión impuesta a la madre de la adolescente, quien fue declarada culpable de explotación sexual comercial y lavado de activos. Esta decisión no fue recurrida por el Ministerio Público.
Durante la audiencia, los fiscales Claudio Alberto Cordero Jiménez, de la Procuraduría Especializada Antilavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo, y José Martínez Montán, de la Fiscalía de Puerto Plata, pidieron además rechazar los recursos presentados por las defensas de los procesados.
La Corte de Apelación de Puerto Plata, integrada por los jueces Miguelina Beard, presidenta; Germán Martínez y Manuel Ureña, se reservó el fallo y fijó su lectura para el 20 de octubre de 2026, a las 9:00 de la mañana.
El recurso del Ministerio Público fue presentado por los magistrados Ramona Nova Cabrera, Kelmi Ricardo Duncan Torres, Claudio Alberto Cordero Jiménez, José Martínez Montán y Olga Diná, quienes argumentan que la sentencia impugnada incurrió en una errónea interpretación del perdón judicial y en una incorrecta aplicación de la ley.
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