Un pronunciamiento de más de 70 juristas fue presentado este miércoles mediante una carta en la que solicitan modificar los artículos 110 y 111 del Código Penal, con el objetivo de que se incluyan tres causales para la interrupción del embarazo.
Según expresaron las abogadas Dangela Ramírez Guzmán y Tamara Aquino, el planteamiento busca incorporar excepciones específicas: cuando la vida y la salud de la mujer —incluidas niñas y adolescentes— se encuentren en riesgo; cuando el feto presente una incompatibilidad con la vida; y cuando el embarazo haya sido resultado de una relación sexual.
Sostuvieron que la propuesta no se trata de un cambio aislado, sino de un conjunto de excepciones que, a su juicio, “están respaldadas por la Constitución Dominicana” y por derechos fundamentales. Entre ellos enumeró el derecho a la salud, el derecho a la dignidad, el derecho a una vida libre de violencia y el derecho a la integridad de la persona.
Conozca a los 70 juristas que solicitan modificación al Código Penal por la salud de la mujer dominicana
El pedido se realiza en un contexto de definición legislativa por el nuevo Código Penal; específicamente cuando una Comisión Bicameral estudia las modificaciones a 18 artículos remitidos por el Poder Ejecutivo. Ante la consulta sobre si esperan que el tema sea tomado en cuenta “a propósito de que el tiempo ya está por vencer” y de que “ya se va a fijar una sesión para leer el texto”, las abogadas retiraron que la solicitud se hace por todas las mujeres, niñas y adolescentes dominicanas.
¿Por qué reformular los artículos 110 y 111?
La propuesta de modificación legal busca reformar el artículo 110 —una disposición que contempla el “aborto forzado”— al considerar que su redacción vigente incluiría elementos inconstitucionales y atentaría contra derechos fundamentales de las mujeres.
De acuerdo con lo expuesto en el Congreso Nacional, la iniciativa no se limita a un solo cambio: “Además del ciento once, se incluye el artículo ciento diez”, explicaron. El principal cuestionamiento planteado se centra en dos puntos: primero, que el artículo 110 obligaría “básicamente a que a la mujer haya que practicarle un aborto”; y, segundo, que “la decisión solamente la pueda tomar el médico en turno”.
La discusión de fondo, tal como fue expuesta, apunta a redefinir el alcance de una figura legal asociada al “aborto forzado” y a colocar el consentimiento de la mujer como un elemento que —según la crítica— hoy no estaría debidamente considerado.
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La presentación de la carta de los más de 70 juristas, en las que también estuvieron las abogadas Dilia Leticia Jorge Mera y Patricia M. Santana Nina, se suma a la presión pública y jurídica al debate sobre el alcance del Código Penal y el tratamiento de la interrupción del embarazo bajo causales específicas. El colectivo de juristas apuesta a que el planteamiento ingrese a la discusión antes de que se cierre la ventana de definiciones y se avance con la lectura del texto en sesión.
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