La jueza Altagracia Ramírez, del Cuarto Juzgado de la Instrucción del Distrito Nacional, rechazó este viernes el pedido de extinción de la acción penal presentado por las defensas de los implicados en el caso Calamar, al considerar que no se cumplen los requisitos establecidos por el Código Procesal Penal para declarar terminado el proceso por vencimiento de plazos.
Al motivar su decisión, la magistrada reconoció que el conocimiento del expediente se ha extendido más allá de los plazos previstos por la normativa debido a la complejidad del caso y a la cantidad de partes involucradas, lo que hizo imposible cumplir estrictamente con los tiempos procesales establecidos.
No obstante, enfatizó que las incidencias y recursos promovidos por las partes durante el proceso forman parte del legítimo ejercicio de sus derechos y, por tanto, no pueden ser contabilizados como causas de dilación atribuibles a los imputados o sus defensas.
“Con un análisis objetivo de los requisitos que establece la norma para conceder este tipo de situación, entendemos que no”, expresó la jueza al referirse a la solicitud de extinción.
Ramírez indicó que en la resolución se detalla de manera pormenorizada por qué fue rechazado ese planteamiento, explicando cada uno de los argumentos presentados por las defensas y las razones jurídicas que sustentan la decisión del tribunal.
La magistrada continuó la lectura de su fallo, en el que también abordó otros incidentes y peticiones formuladas por las partes durante la audiencia preliminar del denominado caso Calamar.
La lectura de la decisión comenzó luego de cinco horas de retraso. La jueza Altagracia Ramírez subió al estrado a las 8:00 de la noche para emitir su fallo sobre la acusación presentada por el Ministerio Público contra los implicados en el caso, pese a que la audiencia estaba pautada para las 3:00 de la tarde.
Antes de iniciar, la magistrada ofreció disculpas a las partes presentes y explicó que la demora obedeció a razones de logística.
Asimismo, informó que no solo daría lectura al dispositivo de la decisión, sino que la resolución íntegra sería entregada a todas las partes involucradas en el proceso.
Indicó además que la sentencia sería facilitada en formato digital a los imputados, abogados de la defensa, representantes del Ministerio Público y demás actores del caso, con el propósito de garantizar el acceso completo al contenido de la decisión judicial.
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