La Fundación Institucionalidad y Justicia (FINJUS) emitió este lunes un pronunciamiento en el que advierte sobre un patrón preocupante: decisiones del Tribunal Constitucional (TC) que no se ejecutan, o que se cumplen de forma tardía e insuficiente por parte de los poderes públicos y órganos del Estado dominicano.
El documento, firmado por el vicepresidente ejecutivo de la entidad, Servio Tulio Castaños Guzmán, llega en un momento en que el propio TC acumula evidencia documentada de desacatos reiterados. El caso más reciente involucra a la Policía Nacional, que el 7 de agosto recibió la sentencia TC/0736/26, mediante la cual el tribunal le ordenó pagar RD$2,845,000 a Dulce María Lora Solís, viuda del general de brigada retirado José Antonio Feliciano Castillo.
La cifra corresponde a 569 días de retraso en el cumplimiento de una sentencia dictada en 2022, calculados a razón de RD$5,000 diarios. Es la segunda liquidación de astreinte —sanción conminatoria— que el TC impone a la institución policial en el mismo caso.
La Constitución no admite discrecionalidad
FINJUS fundamenta su posición en el artículo 184 de la Constitución dominicana, que establece que las decisiones del TC son definitivas, irrevocables y constituyen precedentes vinculantes para todos los poderes públicos. Para la fundación, esa disposición no es programática ni opcional: es un límite directo al ejercicio del poder.
"La independencia funcional de los poderes y órganos del Estado no supone medidas discrecionales frente a la ejecución de las disposiciones constitucionales", señala el pronunciamiento. Acatar un fallo del TC, agrega FINJUS, no implica subordinación política de un poder frente a otro, sino sometimiento común a la norma suprema.
Justicia formal versus justicia efectiva
La fundación identifica en el incumplimiento de sentencias una fractura entre lo que los tribunales reconocen y lo que los ciudadanos obtienen en la práctica. Cuando una decisión constitucional permanece sin ejecutar, el derecho reconocido queda en papel. Esa brecha, sostiene FINJUS, compromete la tutela judicial efectiva y deteriora la credibilidad del sistema de justicia en su conjunto.
La seguridad jurídica también está en juego. Si un ciudadano que obtuvo un fallo favorable debe enfrentar la resistencia indefinida de la autoridad obligada a cumplirlo, el problema deja de ser individual: se convierte en una señal sistémica de que las reglas no se aplican por igual.
Distinguir entre retraso y resistencia
FINJUS advierte que no todos los incumplimientos son iguales y que la determinación de responsabilidades exige precisión. La fundación distingue cuatro situaciones: la imposibilidad material temporal, la ejecución defectuosa, el retraso injustificado y la resistencia deliberada. Cada una merece un tratamiento diferente.
Sobre la posibilidad de que el TC amoneste o requiera formalmente a las autoridades incumplidoras, la entidad es cautelosa: cualquier consecuencia debe descansar en una competencia jurídicamente reconocida, partir de una base normativa clara y respetar las garantías del debido proceso.
Mecanismos institucionales insuficientes
El pronunciamiento concluye con un llamado a fortalecer los mecanismos de seguimiento y ejecución de sentencias. FINJUS propone mejorar la coordinación entre instituciones públicas, establecer procedimientos internos para registrar y atender los fallos, identificar con claridad a las autoridades responsables de cada cumplimiento y garantizar trazabilidad de las actuaciones.
"La fortaleza de un Estado constitucional no se demuestra únicamente por la existencia de una Constitución robusta, tribunales especializados y mecanismos de control. Se demuestra, sobre todo, cuando las instituciones aceptan que el poder público está sometido al derecho".Servio Tulio Castaños Guzmán
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