La Cámara de Diputados convirtió en ley este martes el proyecto de Alquileres de Bienes Inmuebles y Desahucios, tras acoger las modificaciones que hiciera el Senado de la República, y asimismo aprobó la Ley Orgánica de Bien de Familia, acogiendo modificaciones hechas por el Ejecutivo.
Esta última norma establece el marco legal para la constitución, renuncia o desafectación de este tipo de patrimonio familiar en la República Dominicana.
Los diputados también convirtieron en Ley el proyecto que crea el Ministerio de Justicia, de la autoría del senador Venerado Cristóbal Castillo, el cual pasa al Poder Ejecutivo para su promulgación.
Este proyecto de ley tiene por objeto crear y organizar la estructura y funciones del Ministerio de Justicia, a la vez de fortalecer el Sistema de Justicia.
Alquiler de bienes inmuebles
La iniciativa tiene por objeto regular las relaciones, condiciones y obligaciones jurídicas que se originen en el alquiler de bienes inmuebles destinados a la vivienda, al comercio o actividades sin fines de lucro.
El presidente de la Cámara, Alfredo Pacheco, dijo que a pesar de las modificaciones que la pieza sufrió en el Senado, la misma sigue manteniendo un equilibrio entre los inquilinos y los propietarios.
"Este proyecto se suma a la cantidad de proyectos que hemos ido evacuando desde aquí del Congreso Nacional para el bienestar del pueblo dominicano. Hace más de 30 años, la sociedad dominicana ha estado reclamando una ley de alquiler. Aquí hemos hablado de todos los colores", manifestó
En su artículo 2 establece que esta ley es de aplicación general en todo el territorio nacional y rige para los contratos de alquiler, con las excepciones de las fincas rurales; las pensiones y hospedajes; los parques o empresas de zonas francas que operan bajo la ley; los alquileres de inmuebles con fines turísticos o recreativos, cuya duración sea no mayor de noventa días.
Asimismo, los bienes del Estado dados en alquiler o arrendamiento y cualquier actividad comercial regida por ley especial.
Asimismo, se establece en otro artículo que el contrato de alquiler es el acto mediante el cual las partes se obligan recíprocamente, una, a conceder el uso y goce temporal de un bien inmueble, y la otra, a pagar un precio cierto y determinado.
Quien cede el uso y goce del bien inmueble se denomina propietario o arrendador, y el que paga el precio, inquilino o arrendatario.
Ley de fiscalización y control del Congreso
De igual forma, los diputados convirtieron en ley el proyecto de ley orgánica de fiscalización y control del Congreso Nacional de la autoría del senador Félix Bautista, la cual tiene por objeto regular los procedimientos y mecanismos de fiscalización y control político por parte del Congreso Nacional.
Según un párrafo del artículo dos quedan sujetos a la regulación establecida en este artículo las personas físicas o jurídicas que utilicen o se beneficien del patrimonio o del uso de los recursos públicos.
Los diputados de las distintas bancadas partidarias expresaron a unanimidad el voto favorable a las observaciones hechas por el Poder Ejecutivo.
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