El Primer Tribunal Colegiado de la Cámara Penal del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional aplazó para el 4 de noviembre de 2026, a las 9:00 de la mañana, el juicio de fondo contra Jean Andrés Pumarol Fernández, acusado de matar a Yolanda Handal Abugabir, de 70 años, y herir a otras cinco personas durante un ataque con arma blanca ocurrido en un residencial del ensanche Naco.

La audiencia fue aplazada para que el tribunal conozca de manera presencial un incidente relacionado con la condición mental del imputado y determine el procedimiento que corresponde seguir en el caso.

Las juezas Emely Bruno, Gissel Méndez y Yuleika Henríquez explicaron que necesitan examinar los aspectos de la solicitud con la presencia del acusado y de todas las partes, además de formular las preguntas que consideren necesarias para garantizar el derecho a ser oído y la igualdad procesal.

El tribunal indicó que, una vez discutido el incidente, podrá determinar cómo continuará el proceso judicial.

Defensa de la familia cuestiona los planteamientos

El abogado de la familia Taveras-Handal, Miguel Valerio, cuestionó los planteamientos dirigidos a establecer que Pumarol Fernández no está en condiciones mentales de enfrentar el juicio.

El jurista sostuvo que, a su entender, el imputado puede comprender el proceso y afirmó que los peritajes a los que hizo referencia indican que está apto para ser juzgado.

Valerio también reiteró su oposición a que el acusado permanezca en su residencia, al considerar que representa un peligro.

En relación con la audiencia, explicó que uno de los abogados de la familia presentó una excusa médica, a la que no se opusieron, mientras que el segundo abogado titular no compareció ni presentó justificación. Según indicó, el tribunal lo intimó para que informe si continuará representando a la familia.

Asimismo, señaló que se dispuso la conducencia de los testigos que no comparecieron.

La acusación y los cargos

El Ministerio Público acusa a Pumarol Fernández de violar los artículos 295 y 304, párrafo II, del Código Penal dominicano, relativos al homicidio, así como los artículos 83 y 86 de la Ley 631-16, sobre el control y regulación de armas y municiones.

El caso llegó a juicio de fondo después de que la Segunda Sala de la Cámara Penal de la Corte de Apelación del Distrito Nacional revocara el auto de no ha lugar dictado a favor del imputado por el Séptimo Juzgado de la Instrucción del Distrito Nacional.

La decisión inicial fue emitida el 17 de marzo de 2026, mediante la Resolución Penal núm. 063-2026-SRES-00164, por el juez Deiby Antonio Timoteo Peguero.

Posteriormente, la Corte de Apelación declaró admisibles los recursos presentados por el Ministerio Público, los querellantes y los actores civiles constituidos en parte acusadora, y dejó sin efecto la decisión favorable al procesado.

Ministerio Público cuestionó decisión inicial

El órgano acusador sostuvo que la resolución del tribunal de instrucción no se correspondía con las pruebas aportadas durante el proceso penal.

También señaló una supuesta contradicción en la decisión, al argumentar que el tribunal no había acogido inicialmente la declaratoria de inimputabilidad, pero posteriormente habría aplicado sus efectos jurídicos al disponer el no ha lugar y liberar al acusado de responsabilidad penal.

Tras la revocación de la decisión y la orden de envío a juicio, Pumarol Fernández fue arrestado el 6 de agosto de 2026.

El arresto fue ejecutado por la fiscal Andry De los Santos, titular de la Unidad de Captura de Prófugos, Rebeldes y Condenados (Ucaprec), mediante la Resolución Penal núm. 502-2026-SRES-00301, luego de que el imputado se entregara en la sede de esa dependencia, ubicada en Ciudad Nueva.

Mery Ann Escolástico

Periodista

Ganadora de Historias de Reciclaje – Premio Mundo sin Residuos al Periodismo 2020-2021. Autora del libro de poemas “Desahogando mis deseos”. Periodista, Fotoperiodista, Corresponsal de Eventos, Abogada y Docente en UNAPEC.

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