En fecha reciente, publiqué en Acento digital el artículo titulado “Una fusión sin coordenadas: el nuevo ministerio ante el desafío de planificar”. En dicho texto, señalé —erróneamente— que la Ley 45-25 no incluía el mandato de elaborar un reglamento para su aplicación.
Tras una revisión posterior y la verificación directa del texto legal, reconozco que esta afirmación fue incorrecta. En efecto, el artículo 31 de la Ley 45-25 establece explícitamente el mandato de elaboración del reglamento correspondiente.
La referencia que hice en sentido contrario no tuvo origen en un propósito de negar una disposición legal clara ni en intención alguna de desinformar. Fue consecuencia de una ligereza en la revisión previa del contenido, por lo que asumo plena responsabilidad por el error.
Quiero presentar disculpas públicas a:
– Las y los lectores de Acento digital, que merecen siempre información veraz y precisa.
– Las personas e instituciones que intervinieron en la elaboración del documento que, finalmente, se convirtió en ley, y cuyo trabajo técnico y legislativo merece reconocimiento y respeto.
Mi compromiso como autor y ciudadano es que, en adelante, reforzaré los procesos de verificación y revisión de los datos jurídicos y técnicos que sustenten mis publicaciones, para evitar afirmaciones inexactas que puedan generar confusión.
Ratifico mi convicción de que el debate sobre el nuevo Ministerio de Hacienda y Economía requiere análisis crítico, pero también rigor en la referencia a los instrumentos legales que lo sustentan. Esta aclaración busca restituir la precisión en un punto que, por descuido mío, fue transmitido de forma errónea. Agradezco la comprensión de quienes leen y siguen mis análisis, y reitero que la transparencia y la rectificación oportuna son parte fundamental de mi ejercicio de opinión pública.
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