A propósito de la decisión del juez Rigoberto Sena, de la Oficina Judicial de Servicios de Atención Permanente del Distrito Nacional, de declinar hacia un tribunal de tránsito el caso contra Carlos José Troche Rodríguez, conocido como “Nino Dollar”, los abogados Diógenes Durán y Robinson Reyes explicaron algunos de los aspectos jurídicos que, a su juicio, deben tomarse en cuenta para determinar la legislación aplicable.

Durán sostuvo que existe una situación jurídica particular que tendrá que ser interpretada por los jueces, debido a la relación entre la legislación especial de tránsito y las disposiciones del nuevo Código Penal.

“Una cosa es la ley y otra cosa es la justicia”, expresó el abogado al referirse al desafío que tendrán los tribunales al momento de determinar cuál normativa corresponde aplicar en casos donde un accidente de tránsito pueda presentar circunstancias adicionales.

Explicó que la Ley de Tránsito es una legislación especial y que, al haber sido calificado el hecho como un accidente de tránsito, corresponde que el proceso sea conocido por los tribunales especializados en esa materia.

“¿Qué pasa? La ley de tránsito es una ley especial. Entonces, Nino Dollar tiene que ser trasladado a los tribunales de tránsito”, manifestó Durán.

No obstante, el jurista señaló que el nuevo Código Penal contempla disposiciones que podrían generar interpretaciones distintas cuando en un accidente concurren circunstancias que puedan ser consideradas agravantes.

En ese sentido, indicó que los jueces tendrán que establecer cómo se armonizan las disposiciones de la ley especial de tránsito con las previsiones del Código Penal.

Robinson Reyes: el elemento intencional

En ese mismo orden, el abogado Robinson Reyes explicó que, conforme a su interpretación del nuevo Código Penal, debe tomarse en cuenta la existencia de una conducta intencional para determinar cuándo un hecho ocurrido con un vehículo puede ser juzgado como homicidio.

Reyes sostuvo que el nuevo Código Penal establece una diferencia entre un accidente de tránsito y aquellos casos en los que un vehículo es utilizado deliberadamente para provocar la muerte de una persona.

El abogado explicó que, cuando el vehículo es utilizado de manera intencional para provocar el hecho, es decir, cuando la persona atropella deliberadamente a otra, entonces la conducta podría ser juzgada bajo la figura de homicidio.

Su planteamiento busca establecer una diferencia entre un hecho accidental y una acción ejecutada de manera deliberada mediante un vehículo.

Caso contra Troche Rodríguez

La discusión adquiere relevancia en el proceso contra Troche Rodríguez, señalado como el presunto conductor de la yipeta involucrada en la colisión ocurrida en la avenida Abraham Lincoln, donde murieron Wilmer Rodríguez y su hija, Wilkaren Rodríguez.

La abogada Johanny Linares, representante legal de la familia de las víctimas, informó que el juez Rigoberto Sena calificó el hecho como un accidente de tránsito, razón por la cual no conoció la solicitud de medida de coerción y dispuso que el caso fuera remitido a la jurisdicción de tránsito.

Mery Ann Escolástico

Periodista

Ganadora de Historias de Reciclaje – Premio Mundo sin Residuos al Periodismo 2020-2021. Autora del libro de poemas “Desahogando mis deseos”. Periodista, Fotoperiodista, Corresponsal de Eventos, Abogada y Docente en UNAPEC.

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