El Observatorio Nacional para la Protección del Consumidor (ONPECO), respaldó la resolución emitida por el Ministerio de Salud Pública, que promueve la implementación del etiquetado frontal de advertencia nutricional (EFAN), iniciativa que ha sido cuestionada por algunos integrantes del sector empresarial.

La entidad de defensa de los consumidores entiende que la población tiene derecho a conocer los contenidos nutricionales de los alimentos que consume, ya que de ello depende directamente su salud.

Recuerda que numerosos países de la región han adoptado legalmente el EFAN, lo que ha permitido desmitificar argumentos utilizados por ciertos sectores para oponerse al derecho de la población a estar debidamente informada sobre los productos alimenticios.

“El etiquetado frontal forma parte de la norma de responsabilidad social de las empresas, permite el derecho a la información de los ciudadanos a saber qué comemos”, expone la entidad.

Plantea que según un estudio realizado por la coalición América Saludable (CLAS), doce mitos promovidos por las empresas en contra del EFAN fueron desmentidos tras resultados positivos obtenidos en su aplicación.

Uno de los mitos más recurrentes sostiene que "el modelo de perfil de nutrientes de la OMS/OPS es muy exagerado al definir qué productos llevan sellos".

“La realidad es que dicho modelo se basa en las recomendaciones de la Organización Mundial de la Salud (OMS) sobre niveles de sal, grasas y azúcares adecuados para la población. El hecho de que algunos productos no cumplan con estas recomendaciones no significa que las normas sean demasiado estrictas, sino que esos alimentos contienen cantidades excesivas de componentes dañinos para la salud y los consumidores tienen derecho a conocer esta información de forma clara y sencilla”.

Señala que si las recomendaciones estuvieran basadas en criterios de mercado y no en evidencia científica, se estaría engañando al consumidor haciéndole creer que adquiere productos saludables cuando no lo son.

Cita otro mito refutado es que "el EFAN tendría efectos negativos sobre la economía y el empleo", agregando que hasta el momento no existen evidencias que respalden esta afirmación.

En países como México, Chile, Perú, Argentina, Colombia y Uruguay, entre otros, no se han registrado efectos negativos ni pérdidas económicas o de empleos tras la implementación del etiquetado frontal.

Entiende que negarse a implementar la resolución del Ministerio de Salud Pública, equivale también a rechazar la norma ISO 26000 sobre responsabilidad social empresarial, especialmente en lo relativo al derecho a la información de los consumidores.

ONPECO recuerda que el anterior ministro de salud se mostró favorable al EFAN, ya que los profesionales médicos conocen bien las consecuencias negativas en la salud provocadas por el exceso de aditivos y componentes perjudiciales.

Refiere que la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE) ha expresado que la información sobre alimentos debe ser clara, amplia y fácilmente comprensible para asegurar su eficacia.

Finalmente, la entidad entiende que la resolución del Ministerio de Salud Pública, debe difundirse ampliamente, dado que es responsabilidad del Estado proteger a los ciudadanos, tal como lo establece la Constitución Dominicana.

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