La libertad religiosa es un derecho humano fundamental, esto significa que tenemos la posibilidad de pertenecer o no a una religión y de creer o no en un orden divino superior. A nadie se le puede imponer una religión. El Estado tiene la responsabilidad de garantizar la libertad religiosa, en consecuencia, no debe tomar decisiones basándose en dogmas o creencias, estas deben fundamentarse en la garantía de los derechos de todas las personas. Tomar una decisión de Estado sobre la base creencias individuales de las autoridades es violación de la libertad religiosa, porque impone criterios que corresponden al ámbito privado de las personas a todo el país. Todas las personas tienen el derecho a mantener sus convicciones religiosas y a no tener interferencias, ahora bien, hay límites, nadie basado en sus creencias tiene derecho a establecer un perjuicio para otras personas.
Sobre el caso de las tres causales y su despenalización en el Código Penal, no incluirlas alegando causas religiosas de los congresistas, y continuar con la penalización del aborto en todas sus circunstancias, es asumir que somos un Estado confesional y eso no es lo que establece nuestra Carta Magna. Somos un Estado que constitucionalmente asume entre sus valores supremos y principios fundamentales la dignidad humana, la libertad y la igualdad. Con un gobierno esencialmente civil, republicano, democrático y representativo. Insiste la Constitución y establece que el fundamento del Estado es la dignidad de las personas, y, que su función esencial es la protección efectiva de los derechos, el respeto de la dignidad y la obtención de los medios que permitan a cada persona perfeccionarse de forma igualitaria, equitativa y progresiva, dentro de un marco de libertad individual y de justicia social. Para legislar es necesario pensar con lógica que nos impone nuestro bloque de constitucionalidad. La religión guárdesela para su espacio de vida individual, nadie tiene derecho a obligar a un país a que se rija por criterios religiosos, aunque lo estén haciendo.
Siguiendo con las causales y su legitimidad constitucional, en el plano internacional el Comité de Derechos Humanos[1] de Naciones Unidas ha declarado que la prohibición de total del aborto es una violación de derechos humanos, específicamente la vida, la salud y la no discriminación de las mujeres y las niñas. De ahí que ha instado a los Estados a despenalizar el aborto y garantizar el acceso a servicios de aborto seguro y legal, especialmente en casos de violación, incesto, peligro para la vida o la salud de la mujer y malformaciones fetales.
El Consejo de Derechos Humanos[2] de Naciones Unidas ha enfatizado que la prohibición del aborto puede constituir una violación de los derechos humanos, especialmente en los casos donde la mujer enfrenta angustia mental severa o cuando se recurre a abortos inseguros. Insta a los Estados a garantizar el acceso a servicios de aborto seguro y legal para mujeres y niñas, reconociendo que su penalización no lo detiene, sino que lo hace más peligroso y viola la autonomía reproductiva de las mujeres que tienen derecho a tomar sus propias decisiones. El Consejo ha afirmado que la prohibición total del aborto puede considerarse una forma de trato inhumano, cruel y degradante, y puede vulnerar derechos como la salud, la vida, la integridad física y la no discriminación.
Las razones religiosas son válidas y necesarias, corresponden a los derechos personalísimos, pero su aplicación corresponde al ámbito privado. No existe un derecho de las denominaciones religiosas sobre las personas que no pertenezcan a su religión. La mezcla de religión y Estado desdibuja y anula la libertad religiosa, porque solo defiende lo que sustentan las religiones. La ley no puede imponer el pecado como delito.
Y haréis justicia.
P.D. Soy creyente y vivo mi cristiandad en todos mis actos de vida.
[1] Es el órgano de expertos/as independientes que supervisa la aplicación del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos por sus Estados Parte.
[2] Es un organismo intergubernamental responsable de promover y proteger los derechos humanos a nivel mundial. El Consejo aborda y responde a situaciones de violaciones de derechos humanos y formula recomendaciones.
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