Con la promulgación del nuevo Código Penal por el presidente Luis Abinader, el país deja atrás 141 años de vigencia normativa de esta legislación, la cual presentaba una marcada inadaptación al cuerpo social que pretendía regir, resultado del desfase natural acumulado en tan prolongado período.

Este nuevo código surge con mayoría en el Congreso, aunque no con consenso pleno. Esto se debe a que muchas disposiciones quedaron fuera del texto final. Sin embargo, el gran esfuerzo del Congreso Nacional por dotar al país de una legislación moderna es encomiable. No se trató de una simple modificación de ley, sino de la sustitución de un documento centenario y vetusto que reflejaba, en cierta medida, nuestra incompetencia e inoperancia social para abordar con la misma firmeza los temas, por ejemplo, de la economía.

Tras su promulgación, surjan las reparaciones naturales. De manera sabia, la vacatio legis dispuesta por el propio código permite abrir un debate más mesurado, objetivo y reparador acerca de esta nueva normativa.

Algunos ya se han expresado en esa dirección; por ejemplo, el expresidente Fernández, también el jurista constitucionalista Nasser Perdomo ha señalado la posible inconstitucionalidad del artículo 310, relativa al ultraje, recordando que el Tribunal Constitucional ya se había pronunciado sobre este tema, que ahora vuelve a estar presente en el Código Penal.

Habrá que realizar un análisis más profundo sobre los límites entre las disposiciones del nuevo código y la libertad de expresión, especialmente ante las observaciones críticas que se han planteado. Asimismo, será necesaria la reparación y adecuación del Código Procesal Penal, además de contar con los instrumentos indispensables para la construcción, armonización e introducción de una cultura de paz en nuestra sociedad.

El propio presidente ha señalado la necesidad de crear comisiones y generar consultas que permitan encontrar consensos posibles, así como atender las observaciones, críticas y mayorías que surgirán a lo largo de este año.

Como ha sucedido en otros momentos, es evidente que abogados, asociaciones e instituciones acudirán ante el Tribunal Constitucional, para que este se pronuncie sobre la vigencia de ciertos artículos del presente código y su conformidad con la Constitución.

Por fortuna, contamos con una Constitución fuerte y robusta, inspirada en los principios del Estado social, democrático y de derecho, amparada en un marco de valores que protege contra cualquier acción excesiva que pudiera haberse producido con la aprobación del nuevo Código Penal.

Al igual que en el artículo anterior, reiteramos nuestro apoyo a la promulgación del texto, y espero simplemente que las academias los institutos, los juristas, los versados pongan su conocimientos, a los fines de concientizar,  a la sociedad y a los actores del sistema judicial para la aplicación de la nueva norma.

Freddy Angel Castro Díaz

Politólogo/Profesor Universitario

Freddy Angel Castro Díaz. Justicia Constitucional, Interpretación y Tutela de los Derechos Fundamentales. Universidad Castilla La Mancha, 2016. España. Docotr en Derecho, Universidad Autónoma de Santo Domingo. Facultad de Ciencias Jurídicas y Políticas (UASD). Licenciado en Ciencias Políticas, UASD. Profesor uninversitario.

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