En el presente artículo trato de mostrar que la reciente aprobación del salario mínimo en las grandes empresas no sectorizadas repone el valor nominal del salario mínimo erosionado durante el período julio del 2021 a marzo del 2023, aunque en retrospectiva de largo plazo (2009-2023) el salario real mínimo de las grandes y pequeñas empresas privadas no sectorizada no logran aun reponer el poder adquisitivo del salario mínimo que estaba vigente a principio de la década del 2010.
Para el propósito señalado, vemos lo ocurrido en la erosión del poder de compra del salario mínimo durante el período julio del 2021 y marzo del 2023, y su comparación con las tarifas aprobadas el 8 de marzo del presente año.
En efecto, para el año 2023, el ajuste de 15% en el salario mínimo nacional para los trabajadores que prestan servicios en empresas del sector privado no sectorizadas estará vigente durante nueve meses del presente año, y con él se repone la inflación acumulada que alcanzó el 14.3% desde el ajustes precedente realizado, por consiguiente, del monto de RD$ 3,150 que se adiciona a la tarifa del mínimo a trabajadores en empresas grandes, RD$3,003 corresponde a reajuste por inflación acumulada y apenas RD$147 es un aumento en el mínimo nominal, aumento que quedaría completamente disipado por la inflación mensual en la segunda quincena de mes de mayo 2023, es decir, mes y medio después de entrar en vigencia la nueva tarifa de mínimos.
De cara al futuro inmediato, y a pesar del esfuerzo mental que pueda una persona juiciosa realizar, no parece visualizarse estabilidad en el poder adquisitivo del mínimo salarial, en tal sentido, el valor esperado de inflación promedio para el año 2023 es 5.5% (MEPyD, Marco Macroeconómico, Nov. 2022), de este ya forma parte del pasado el internalizado en los meses de enero y febrero (0.74%, BCRD), lo que estaría sugiriendo que entre abril del 2023 y finales de diciembre del mismo año la inflación mensual acumulada deterioraría nueva vez el salario mínimo en aproximadamente entre 3.8 y 4.8 %, y sólo cuando este estimado, u otro que lo sustituya ocurra, entrará en vigencia la fracción pendiente del nuevo ajuste de 4%, implícito en la tarifa aprobada por Comité Nacional de Salario el recién pasado 8 de marzo y que sólo entrará en vigencia a partir del 1 de febrero del 2024 (CNS).
Conforme a lo expresado, y aunque el reciente ajuste al salario mínimo repone lo correspondiente a la inflación acumulada entre julio del 2021 y marzo del 2023, en nada logra resarcir el deterioro acumulado en los últimos tres lustros en el poder adquisitivo del salario mínimo nominal que impacta al 73% de los trabajadores que laboran con el mínimo en grandes y pequeñas empresas no sectorizadas.
Por el contrario, el deterioro acumulado en poder adquisitivo del mínimo nominal, desde el 2029 a la actual fecha, ronda los valores de -5% y -4, respectivamente, para trabajadores de las grandes y pequeñas empresas privadas no sectorizadas; a diferencia de los ocupados en las medianas empresas quienes, gracias al significativo aumento (52%) obtenido en la modificación de la tarifa de salario mínimo nominal en 2021, recuperaron un 8.4% del poder adquisitivo del salario mínimo durante el período antes referido.
Era de esperar que la recuperación en poder adquisitivo materializada en los trabajadores de las medianas empresas no sectorizadas transitará similar camino para beneficiar a los trabajadores de las otras dos escalas de producción, pues las expectativas se inflaron a raíz del discurso de rendición de cuentas, ante el Congreso Nacional, del presidente de la República Dominicana, el pasado 27 de febrero.
El presidente dijo lo siguiente: “Le estoy instruyendo al Ministro de Trabajo para que en los próximos días convoque el Comité Nacional de salarios con el objetivo de lograr un aumento en los salarios del sector privado, que esté por encima de la inflación acumulada desde el último aumento”. Los niveles de los ajustes introducidos evidencian que el Ministro no siguió las instrucciones del Presidente.
Es obvio, que la estrategia del colectivo empresarial organizado y sus aliados, consistió solamente en hacer ajustes de reposición por inflación acumulada. Además ese colectivo muestra ambigüedad, pues en tanto el sector sindical había propuesto un aumento correspondiente al 35% y el oficial mostró disposición de apoyar un aumento por encima de la inflación acumulada, los niveles y proporciones aprobados, confirman, una vez más, lo que durante décadas ha venido haciendo la representación sindical y la oficial, dentro de la Mesa Tripartita del Comité Nacional de Salario: apoyar la estrategia del Colectivo empresarial organizado, mostrando actitudes de sumisión frente al mismo, sin introducir nuevas modalidades de ajustes y sin plantear con vehemencia cambios en la metodología y técnicas seguidas para efectuar los ajustes, de tal manera que se pudiese incluir también como criterio para distribuir el producto los cambios en la productividad de trabajo materializado.
Lo antes expuesto, hace pensar que esa estrategia de contención al salario mínimo, donde uno de sus mecanismos es el ajuste en mínimo salarial sólo en base a la acumulación pasada, se inspira en la firme visión sostenida por Bernard Mandeville, quien en el ensayo “La fábula de las abejas”, publicado en el año 1732, reseña que los trabajadores “no tienen nada que les induzca a ser útiles más que sus necesidades, que es prudente mitigar, pero nunca eliminar”. Se trata de una filosofía perversa introducida y reafirmada por el Consenso de Washington, y sus socios locales, para imponer un modelo que produce, de forma masiva, trabajos de baja calidad en el denominado sector laboral formal, debido a las precarias condiciones salariales y laborales en dicho sector, y desde donde también se alimenta la creación de trabajos de baja calidad, en el denominado sector laboral informal.
¿Qué se podría esperar para los trabajadores ante tal estrategia? Muy poco, por no decir nada, a menos hasta tanto la organización y participación de los trabajadores no logren robustecer sus organizaciones, y que sus líderes que le representen ante el CNS asuman a cabalidad sus propios intereses, hasta que esto no ocurra, se debe esperar que continúe aplicándose una metodología de ajuste en salario mínimos que lleve, en sentido general, ajustes pírricos. De esa forma se seguirá ignorando incorporar en el mecanismo de fijación de salario mínimo, el criterio de las variaciones en la productividad laboral, tal como lo han planteado los prestigiosos profesionales de la ciencia social Apolinar Veloz, Antonio Ciriaco y Julio Cesar Mejía, entre otros (Veloz,16-03-2023,Ciriaco, 06-03-2023,Mejía,15-03-2023).
De no lograrse un proceso organizativo y participativo, con reales representantes de los trabajadores, no se logrará un entorno más favorable para la negociación y obtención de mejoría salarial real, lo mismo que en otros componentes de las condiciones laborales. Es decir, los trabajadores de salario mínimo y otros estamentos de ingresos más allá del mínimo, seguirán susurrando para sí mismo y sus familias, algo parecido al lamento del arriero pampeano, de Argentina: “Las penas y las vaquitas/Se van por la misma senda/Las penas son de nosotros/Las vaquitas son ajenas”.