Las plataformas de transporte Uber y DiDi están dentro de los prestadores de servicios digitales que deberán pagar ITBIS, según el proyecto de reglamento de aplicación de impuestos de la Dirección General de Impuestos Internos (DGII), que pretende alcanzar a todas las compañías digitales que no residen en República Dominicana y prestan servicios en el país.
Ante la presentación del proyecto para la cual se abrió una consulta pública con una duración de 25 días, DiDi ha dicho que está analizando la propuesta, mientras que Uber aseguró que ha cumplido responsablemente con todas las obligaciones tributarias que la ley exige, y así continuará haciéndolo.
“Estamos en la fase inicial de consulta pública sobre el texto preparado por la Dirección General de Impuestos Internos (DGII). Nuestros equipos están analizando la propuesta, sin embargo, una valoración de un tema técnico como este aún es prematura”, indicó DiDi.
En el caso de Uber, dijo que siempre ha buscado ser un aliado de los gobiernos en los países donde la app se encuentra disponible y que desde su llegada al país ha cumplido con todas las disposiciones legales.
Destacó que cuenta con una entidad de soporte debidamente constituida y como cualquier otra empresa en el país, se encuentra debidamente registrada ante la DGII y cumple con el pago del Impuesto Sobre la Renta y del Impuesto a la Transferencia de Bienes Industrializados y Servicios.
“Continuaremos compartiendo nuestra experiencia a fin de colaborar con las autoridades para encontrar los mecanismos apropiados para la movilidad colaborativa en la República Dominicana”, puntualizó.
El proyecto
Aunque todavía no se conoce el impacto real sobre las tarifas a los consumidores, ni cuánto pretende ganar el Estado con este cobro, la DGII ha asegurado que los usuarios no son quienes pagaran el impuesto cuando contraten o consuman uno de estos servicios, sino que es el proveedor internacional.
Explicó que el decreto no instaura a agentes de retención sobre el consumo del servicio, es decir, que no se retendrá el 18% al momento del pago de la factura.
Según el proyecto de regulación, los proveedores de servicios digitales tributarán de manera virtual, presentando el ITBIS mediante una declaración especial que deberá ser liquidada antes de los días 20 de cada mes.
Los servicios digitales que estarán sujetos a pagar este impuesto son los de publicidad en línea, intermediación en línea (comisión), los de transmisión de datos, streaming, entre otros, tales como: Amazon, Expedia, Google, Netflix, Spotify, DiDi, Uber, Expedia, Airbnb, Indriver, entre otros.