En los últimos años, se ha vuelto cada vez más común que los bancos cedan o vendan carteras de crédito a terceros, como parte de estrategias de saneamiento contable o gestión de riesgos. Esta práctica, aunque legal, ha generado preocupación entre los usuarios financieros cuando, de repente, reciben una notificación indicando que su deuda fue transferida a una empresa de cobro cumpulsivo o a una firma de abogados y, en muchos casos, esa nueva empresa o firma de de abogados no les brinda información clara sobre el estado de su préstamo, los intereses acumulados o las vías de pago. ¿Qué puede hacer el cliente ante esta situación?

Primero, es importante destacar que la Ley Monetaria y Financiera No. 183-02, junto al Reglamento de Protección al Usuario dictado por la Superintendencia de Bancos (SB), garantizan derechos esenciales al consumidor financiero, incluyendo el derecho a la información veraz, clara y oportuna. Cuando un préstamo es cedido, la entidad cedente tiene la obligación legal de informar al cliente, de manera previa o inmediata, sobre esta operación. Asimismo, la nueva empresa o firma de abogados adquirente debe identificarse formalmente, explicar las condiciones del crédito, facilitar canales de comunicación y detallar cualquier cambio, si lo hubiese.

Si una empresa adquiriente del crédito incumple con estas obligaciones, el cliente tiene derecho a presentar una reclamación formal ante la propia entidad bancaria y, en caso de no recibir respuesta satisfactoria, acudir directamente a la Superintendencia de Bancos a través de su Portal del Usuario o de manera presencial. La SB, como ente regulador, tiene la facultad de investigar, mediar y sancionar a las entidades que incumplan sus deberes con los usuarios financieros.

Ahora bien, ¿qué sucede cuando la deuda es vendida, como ocurre con frecuencia, a empresas de cobros compulsivos o a firmas de abogados que no están reguladas ni supervisadas por ninguna autoridad financiera? Este es, lamentablemente, el común denominador en la práctica actual, y constituye una de las principales lagunas del sistema de protección al usuario financiero en la República Dominicana. Al tratarse de entidades privadas, muchas veces sin controles institucionales ni rendición de cuentas, estas empresas no están obligadas a cumplir con los estándares de transparencia, ética ni mecanismos de reclamación que rigen para los bancos y entidades supervisadas. Esto deja a los usuarios en una posición de alta vulnerabilidad, expuestos a prácticas intimidatorias, desinformación, cobros excesivos o incluso amenazas, sin tener a dónde acudir para exigir sus derechos de forma efectiva, ya que tampoco Pro Consumidor tiene competencias en este asunto.

Ante este panorama, desde Tu Consultorio Financiero proponemos algunas recomendaciones:

A la Superintendencia de Bancos

  1. Establecer un registro público de empresas adquirientes de cartera que, aunque no estén bajo supervisión directa, deban cumplir con estándares mínimos de transparencia, información al cliente y mecanismos de reclamación.
  2. Promover una reforma normativa que obligue a los bancos a ceder créditos exclusivamente a entidades que garanticen los mismos niveles de protección al usuario.
  3. Fortalecer la educación financiera sobre este tema a través de campañas informativas masivas.

A las entidades de intermediación financieras

  1. Informar de manera clara, previa y por escrito al cliente sobre cualquier cesión de su crédito, incluyendo los datos de contacto y condiciones operativas de la nueva entidad.
  2. Incluir en los contratos cláusulas que prohíban la cesión a entidades no reguladas o que no garanticen derechos similares al de la entidad original.
  3. Supervisar que las empresas a las que ceden créditos respeten los derechos del deudor y mantengan los canales de comunicación abiertos.

A los usuarios financieros

  1. Documentar toda comunicación con la entidad adquiriente del crédito y exigir, por escrito, el desglose actualizado del monto adeudado.
  2. No realizar pagos a personas o empresas sin antes verificar su legitimidad mediante documentos oficiales.
  3. Acudir a la Superintendencia de Bancos si no recibe respuestas claras o considera que sus derechos están siendo vulnerados.

La cesión de créditos no debería traducirse en una pérdida de derechos para los usuarios financieros. Es deber del sistema proteger a quien ya se encuentra en situación de deuda, no agravarla por falta de transparencia o supervisión. Un cliente informado es un cliente empoderado.

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Tu Consultorio Financiero es una columna desarrollada por Jesús Geraldo Martínez sobre finanzas personales, para orientar a las personas con conocimientos básicos en finanzas y economía a mejorar su entendimiento. Para consultar con el autor puede escribir al correo abogadojesus@icloud.com, o en Instagram @Jesusgeraldomartinez

Jesús Geraldo Martínez

Economista

Dominicano, consultor, con amplia experiencia profesional en regulación y supervisión del sector financiero, destacado por sus conocimientos en gerencia, finanzas bancarias, gestión de riesgos, administración y optimización de portafolios, investigación económica, planificación estratégica, análisis de riesgos financieros y sectoriales, análisis y estructuración de bases de datos, econometría, estadística, diseño y aplicación de modelos de pruebas de estrés.

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