La reciente aprobación del nuevo Código Penal de la República Dominicana traerá consigo cambios que impactarán no solo a las personas físicas, sino también a las empresas y organizaciones. Por primera vez, se reconoce de manera explícita la responsabilidad penal de las personas jurídicas, lo que significa que las compañías podrán ser investigadas y sancionadas si, a través de sus directivos o empleados, participan en hechos delictivos o no previenen adecuadamente que estos ocurran.
Esto implica que ya no bastará con culpar al individuo que cometió el delito; ahora las empresas en su conjunto podrán enfrentar multas millonarias, cierres temporales, pérdida de licencias e incluso la disolución definitiva. Este cambio legal busca alinear al país con los estándares internacionales en materia de lucha contra la corrupción, el lavado de activos y otros delitos financieros, obligando a las organizaciones a ser más responsables y transparentes en su gestión.
La ley establece que las personas jurídicas son responsables de los delitos cometidos por sus órganos de dirección, representantes o empleados, siempre que hayan actuado en nombre o en beneficio de la empresa. Esto quiere decir que si un directivo participa en una operación ilícita, por ejemplo, un esquema de sobornos o de evasión fiscal, no solo él será procesado, sino que la empresa también deberá responder ante la justicia.
Un aspecto importante es que la responsabilidad penal de la empresa no desaparece con su disolución. Es decir, liquidar una compañía no será suficiente para evadir sanciones si se comprueba que cometió delitos durante su funcionamiento. Además, si una sociedad controla a otra que incurrió en infracciones, la primera también podrá ser responsabilizada.
Las sanciones que podrán aplicarse son variadas y severas. En primer lugar, las multas serán mucho más altas que las impuestas a personas físicas, ya que se duplicará el monto establecido en la ley. Además, las empresas podrán enfrentar el decomiso de bienes, el cierre temporal o definitivo de locales, la revocación de licencias o permisos para operar y la inhabilitación para captar dinero del público, en casos relacionados con el sector financiero o bursátil. En situaciones extremas, incluso se contempla la disolución legal de la sociedad.
Este cambio no es exclusivo de República Dominicana. Muchos países ya han establecido mecanismos similares. En algunos se entiende que la empresa responde por sus propias fallas de control, mientras que en otros se aplica el modelo de “transferencia de responsabilidad”, donde la actuación de un directivo o empleado compromete a toda la organización. El nuevo Código Penal dominicano adopta este último modelo, conocido como vicarial, lo que obliga a las empresas a tener sistemas más robustos de control interno.
En este sentido, cobra fuerza el concepto de programas de cumplimiento o Compliance, que no son más que políticas y procedimientos internos diseñados para prevenir delitos. Un programa de cumplimiento serio puede incluir códigos de ética, canales de denuncia, controles financieros, auditorías periódicas y capacitaciones para empleados. En varios países, como España o Chile, estos programas han permitido que empresas acusadas de delitos logren reducir sus sanciones o incluso ser exoneradas, siempre que demuestren que tenían mecanismos efectivos para prevenir conductas ilícitas.
Para las empresas dominicanas, esto representa un reto y una oportunidad. El reto consiste en adaptarse a una cultura de prevención que muchas veces ha sido vista como un costo innecesario. Pero la oportunidad está en fortalecer la confianza de clientes, inversionistas y autoridades, mostrando que la organización se maneja con transparencia y responsabilidad. Una empresa que adopta un buen programa de cumplimiento no solo evita sanciones, sino que también mejora su reputación y competitividad.
El nuevo Código Penal incluso permite que los jueces reduzcan las sanciones cuando una empresa demuestre que ha implementado medidas efectivas de control y prevención. Esto significa que el Compliance no es solo una herramienta de gestión, sino también un elemento clave de defensa legal. En un eventual proceso, la existencia de manuales, auditorías, reportes y registros de capacitación puede marcar la diferencia entre una sanción ejemplar y una reducción significativa de la pena.
La introducción de la responsabilidad penal de las personas jurídicas en República Dominicana es un paso histórico que transformará la forma en que las empresas deben gestionar sus riesgos. Ya no basta con crecer en ventas o tener buenos resultados financieros; ahora es indispensable demostrar que se actúa con ética, legalidad y compromiso con la sociedad.
El mensaje es claro: las empresas también rinden cuentas ante la justicia. Quienes se adelanten en implementar sistemas de cumplimiento robustos estarán mejor preparadas para enfrentar este nuevo escenario, mientras que aquellas que lo ignoren corren el riesgo de sanciones severas y de perder la confianza del mercado.
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Tu Consultorio Financiero es una columna desarrollada por Jesús Geraldo Martínez sobre finanzas personales, para orientar a las personas con conocimientos básicos en finanzas y economía a mejorar su entendimiento. Para consultar con el autor puede escribir al correo abogadojesus@icloud.com, o en Instagram @Jesusgeraldomartinez
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