El director del Instituto de Energía de la Universidad Autónoma de Santo Domingo (UASD), José Luis Moreno San Juan, indicó que las empresas distribuidoras de combustibles “no han estado compensando” lo correspondiente al diferencial al precio de éstos al momento de entregarlos a las empresas detallistas.

Esta acción, según el experto en energía, viola lo establecido en la resolución 201-14 del Ministerio de Industria, Comercio y Mipymes (MICM).

“Evaluada la cadena de suministros y de acuerdo con lo establecido en el artículo dos de la resolución 201-14 de MIC resulta obvio que dicho pago por compensación del diferencial por temperatura le corresponde hacerlo a la empresa distribuidora a la empresa detallista, pues de lo contrario se afecta el margen del detallista, pues sus empresas se ven obligadas a aplicar el descuento en el precio final al consumidor”, explicó Moreno San Juan.

En un documento enviado a ACENTO, titulado informe del análisis de la compensación en el precio de venta de los combustibles líquidos por diferencia del volumen por temperatura en el mercado dominicano, detalló que el equivalente al ajuste resultante por temperatura a quince grados (15°C ), determinado por las empresas  operadoras   de   terminales  de  importación de combustibles, serán descontados del precio oficial de venta al público fijado por el Ministerio de Industria y Comercio, para los combustibles.

El descuento resultante deberá  ser  transferido  por todos los intermediarios de la cadena de distribución hasta la transferencia de propiedad de estos combustibles a los consumidores finales.