El Primer Juzgado de la Instrucción del Distrito Judicial de Duarte, dictó el lunes auto de no ha lugar, a la acusación que presentó el ministerio de Medio Ambiente y recursos naturales, en contra del periodista Olivo de León, a quien acusaba de infringir la ley.

La Magistrada Ysolina Peralta Contreras estimó que las documentaciones y medios de pruebas presentadas por el ministerio público de medio ambiente, eran insuficientes, para mantener la acusación y además, pecaban de impresiones, eran confusas y contradictorias.

El periodista Olivo de León, presidente del Instituto de Previsión y Protección del Periodista (IPPP), fue sometido a la justicia por la procuraduría de medio ambiente, acusado de rellenar un tramo del río Guiza y construir una edificación sobre ese relleno; de construir a menos de 30 metros del rio; de ocupar parte de la autopista que une San Francisco-Nagua; de afectar la biodiversidad; de violar decenas de artículos de la Constitución y de diversas leyes de la República.

La magistrada explicó que la audiencia de instrucción, tiene por finalidad analizar los documentos y medios de pruebas presentados por el ministerio público y verificar si procede para ordenar la apertura a juicio de fondo.

"Sin embargo, podemos comprobar que las acusaciones no están claras. Nos habla de la construcción a 30 metros del río, sobre el río y a distancia de la carretera. Hay gran confusión con eso. Presenta fotos que no están acreditadas como documentos de pruebas y que no se sabe lo que pretenden probar", expresó.

Y continúo diciendo: "no tienen testigos, pero hablan de uno que apresaron que hablará, pero ya saben lo que dirá antes de que hable; no se especifica el lugar del solar; hay muchas contradicciones”.

En tanto la defensa de Olivo de León, presentó documentaciones, entre ellas un contrato de alquiler donde se evidencia que los terrenos de su propiedad están arrendados y que, en ese orden, en caso de que se haya violentado la ley, no puede responder o hacerse responsable por el hecho de otro.

La Juez del Primer Juzgado de la Instrucción, adoptó la decisión después de escuchar, con atención, tanto las exposiciones del ministerio público y de los abogados de la defensa y la del propio De León, quien asumió con tal dominio el escenario, y toda la legislación que se refiere a la personalidad de la pena.

“Es usted abogado? Usted no necesita abogado, se defiende muy bien", preguntó la jueza.

A esta pregunta el presidente del IPPP respondió: “no, magistrada, no soy abogado, sólo que sé leer".

Olivo dijo que resulta sospechoso que la procuraduría de medio ambiente lo someta a la justicia, por ser propietario de un solar y que no haya sometido a quienes construyeron en ese espacio, de quienes dijo tampoco han violado ninguna ley.

Recordó que el sometimiento fue hecho como represalia porque los delegados de medio ambiente exigieron el pago de RD$175,000.00 para dejar trabajar tranquilos a quienes habilitaban el espacio para instalar un negocio de venta de vehículos.

De León dijo al tribunal que, de acogerse la apertura a juicio en su contra, se estarían volando los artículos 6, 7, 8, 38, 40.8, 40.14, 74.2, 74.3 y 74.4 de la Constitución que establecen la personalidad de la pena.

También se violaría el artículo 3.4 de la Ley 55-14 que establece el Código Penal Dominicano, el artículo 5 de la Convención Interamericana de Derechos Humanos.

Asimismo, leyó la definición de biodiversidad y preguntó: " se me acusa de afectar la biodiversidad, ¿dónde está el estudio de impacto ambiental que demuestran esas violaciones?