Una gran polémica se ha desatado por las informaciones emanadas del último consejo de gobierno sobre medidas de ahorro presupuestario para enfrentar los efectos de la crisis petrolera por la guerra en Oriente Medio y muy específicamente en lo relativo a la reducción de los fondos presupuestados para las transferencias del Estado a los partidos políticos en el 2026.
Las siguientes notas tienen por objetivo informar y documentar sobre el tema del financiamiento estatal a los partidos, su origen, su cálculo, su fuente de financiamiento y el total transferido en los 28 años transcurridos entre 1998 y 2025.
Algunas cifras han sido estimadas o proyectadas por el autor para su distribución para los años 2025 y 2026.
El origen: Ley Electoral 275-97
Las transferencias o aportes del Estado a los partidos políticos se iniciaron en el año 1998 por mandato de la Ley Electora No. 275-97 que en sus artículos 49 disponía: Se consignará en el Presupuesto General de la Nación y Ley de Gastos Públicos un fondo equivalente al medio por ciento (1/2%) de los ingresos nacionales en los años de elecciones generales y un cuarto por ciento (1/4%) en los años que no haya elecciones generales.
En su artículo 50 la Ley 275-97 disponía que el 80% de los aportes se distribuirían en parte iguales entre los partidos que obtuvieron más del cinco por ciento (5%) de los votos válidos emitidos en los últimos comicios.
El restante 20% se distribuirá en un 12% en parte iguales para los que obtuvieron menos del 5% de los votos emitidos en las elecciones previas y los de nuevo reconocimiento si los hubiera, y el 8% restante se distribuirá en proporción a los votos válidos obtenidos por cada uno de los partidos que obtuvieron menos de los votos válidos emitidos en las últimas elecciones.
Lo que dice la Ley 20-23
El artículo 224, del Título X de la Ley No. 20-23 del 17 de febrero del 2023, dispone que: Se consignará en el Presupuesto General del Estado un monto equivalente al medio por ciento (1/2%) de los ingresos nacionales en los años elecciones generales y un cuarto por ciento (1/4%) en los años que haya elecciones generales.
Cuánto les correspondería a los partidos según lo dispuesto por la Ley 20-23
De cumplirse con lo que dispone la Ley Electoral 20-23 sobre asignación de partida económica del Estado a los partidos, en el 2026 se debió consignado en el PGE un monto de al menos RD$3,355.6 millones que equivalen al 0.0025 (1/4%) de los ingresos nacionales y muy específicamente de los ingresos del Gobierno Central que según la Ley 99-26 del PGE 2026 se estiman en RD$1 billón 342 mil 258.2 millones (1,342,258,153,546.00).
La apropiación de fondos para el aporte a los partidos en la Ley 99-25 de PGE-2026 aprobada por el Congresos Nacional, es de RD$1,620.00 millones, que equivalen al 48.3% de lo que establece la Ley 20-23. Lo anterior significa que la Ley de PGE para este año modificó, al igual que muchas otras, lo que dispone la Ley Electoral, disminuyendo en RD$1,735.6 millones el aporte del Estado a los partidos para este año.
En el primer trimestre de este año las transferencias ejecutadas a los partidos ascienden a RD$405.0 millones, un promedio mensual de RD$105.0 millones mensuales por lo que al cierre de mes de abril ya se habrían asignado unos RD$540.0 millones, de manera que las partidas pendientes de asignar suman unos RD$1,080.0 millones.
Si al monto disponible de RD$1,080.0 millones le rebajan la mitad, que equivalen a RD$540. Millones, los partidos solo recibirían al cierre del ejercicio otros RD$540.0 millones que sumados a los RD$405.0 recibidos sumarían RD$945.0 millones o lo que es lo mismo solo un 28.2% de lo que dispone la Ley 20-23. Si por el contrario la rebaja del 50% se aplica sobre el total de RD$1,620.0 millones presupuestados los partidos solo recibirían RD$810.0 millones que representan un 24.1% de lo que dispone la Ley 20-23.
Es importante señalar que tanto la Ley actual como las anteriores no precisan ni especifican claramente a qué se refieren cuando hablan de ingresos nacionales, un concepto que en términos presupuestario puede tener múltiples dimensiones. Esto debido a que dentro del monto de ingresos estimados del Gobierno Central para este año hay que distinguir los que son recursos pertenecientes al Fondo General (F-100) y los Fondos con destino específico.
2025. Cuanto ha transferido el Estado a los partidos entre 1998 y 2025.
Entre el 1998 y el 2025 el Estado ha transferido a los partidos, movimientos y agrupaciones políticas un total de RD$28,712.4 millones, un promedio anual de RD$1,025.4 millones. Solo entre 2020 y 2024 los partidos recibieron un total de RD$13,725.1 millones que representan el 47.8% del total del periodo señalado.
Como bien señala la Ley el 80.4% de los RD$28,712.4 millones distribuidos entre 1998-2025, que ascienden a RD$23,098.3 millones han sido asignados a los 4 grandes partidos, PRD, PLD, PRSC y PRM. Los restantes RD$5,614.1 millones fueron repartidos entre otros 55 partidos, agrupaciones y movimientos políticos.
Según los cálculos realizados en base a las informaciones de la JCE y los reportes de ejecución presupuestaria de la DIGEPRES, los fondos recibidos del Estado por los 4 grandes partidos del sistema político dominicano durante el periodo 1998-2025 se ha distribuido de la siguiente manera:
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