La Fundación Institucionalidad y Justicia (Finjus) expresó este lunes su preocupación por el proceso de evaluación de los jueces de la Suprema Corte de Justicia, a raíz de la lectura de las actas finalmente publicadas por el CNM y que levantó cuestionamientos sobre elementos que, según la entidad, fueron obviados y que, en consecuencia, no reflejan una aplicación claramente definida.

A través de un comunicado firmado por Servio Tulio Castaños Guzmán, vicepresidente ejecutivo de la Finjus, la organización no gubernamental sostuvo que persisten interrogantes sobre los indicadores considerados, la forma en que fueron medidos y el grado de objetividad empleado en la valoración del desempeño judicial.

Recordó que la Constitución dominicana, en su artículo 181, otorga al CNM la atribución de evaluar el desempeño de los jueces y juezas de las altas cortes, por lo que dicho mandato debe ser ejercido conforme a los principios fundamentales del Estado social y democrático de derecho (artículo 7), la separación e independencia de los poderes públicos (artículo 4), y las garantías de independencia judicial establecidas en los artículos 151 y 152.

Según la Ley 138-11 el objetivo de esta evaluación es determinar el cumplimiento de los deberes constitucionales y éticos de los jueces, la calidad de sus decisiones, su compromiso con la tutela judicial efectiva y su apego a los principios de imparcialidad y diligencia. Para ello, los criterios deben ser objetivos, medibles y sustentados en evidencias documentales y verificables.

Finjus señaló que utilizar criterios como la manera de aplicar la Ley núm. 2-23, lo cual entra dentro de la competencia jurisdiccional de una sala de la Suprema Corte de Justicia, o la proximidad de la edad de retiro obligatoria, por encima de otros criterios sustantivos como la productividad jurisdiccional, la fundamentación jurídica de las decisiones, la conducta ética, la transparencia patrimonial y la participación en programas de capacitación judicial, debilitan la función de una evaluación objetiva y coherente que debe basarse en los principios del mérito, la imparcialidad y la independencia judicial que deben regir el desempeño en las altas funciones jurisdiccionales.

Cuando la evaluación se realiza desde una óptica apartada de su mandato constitucional, se corre el riesgo de vulnerar la independencia judicial y de erosionar la legitimidad del propio órgano. Un proceso influenciado por criterios alejados de la naturaleza del proceso podría implicar el debilitamiento de la carrera judicial y se debilitaría la confianza ciudadana en la imparcialidad de los órganos jurisdiccionales.

EN ESTA NOTA

Servicios de Acento.com.do

Acento es el más ágil y moderno diario electrónico de la República Dominicana. Información actualizada las 24 horas. Entérate de las noticias y sucesos más importantes a nivel nacional e internacional, videos y fotos sobre los hechos y los protagonistas más relevantes en tiempo real.

Ver más