A lo largo de la vida, escuchamos frases sobre los niños, como que son el futuro. El Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF) nos da una visión más amplia, al señalar que: “Los niños somos el futuro, somos la luz de la esperanza de la humanidad, somos la fuerza del cambio”.
Si bien estas palabras son ciertas, para hacerlas realidad, el Estado no garantiza una inversión pública eficiente en la niñez y la juventud. Esto comienza con la elaboración de políticas públicas claras, definidas y ejecutables a corto, mediano y largo plazo que aseguren ese futuro de manera preventiva. Sin esto, el discurso esperanzador no se cumple.
Un ejemplo de esta responsabilidad se establece en el artículo 55, numeral 13, de la Constitución Dominicana del 26 de enero de 2010 (aunque el texto cita incorrectamente la fecha y año), que establece:
“Se reconoce el valor de los jóvenes como actores estratégicos en el desarrollo de la Nación. El Estado garantiza y promueve el ejercicio efectivo de sus derechos, a través de políticas y programas que aseguren de modo permanente su participación en todos los ámbitos de la vida nacional y, en particular, su capacitación y su acceso al primer empleo”.
Para lograr la alegría en cada rostro infantil, dar cumplimiento a ese mandato constitucional y así asegurar el ejercicio pleno del derecho a la vida, es crucial evitar que ese “tesoro”, como lo llamó el gran poeta Rubén Darío, se convierta en cifras de asesinatos o violaciones sexuales, principalmente a manos de familiares o allegados.
En cuanto a estas atenciones, nuestra Carta Sustantiva, en su artículo 56 —titulado sobre la Protección de las personas menores de edad—, indica que: “La familia, la sociedad y el Estado, harán primar el interés superior del niño, niña y adolescente; tendrán la obligación de asistirles y protegerles para garantizar su desarrollo armónico e integral y el ejercicio pleno de sus derechos fundamentales, conforme a esta Constitución y las leyes”. Esta mirada constitucional hacia la niñez surge por la necesidad impulsada por organismos internacionales, como la Convención sobre los Derechos del Niño de 1989 (aunque el texto cita incorrectamente el año), la cual comprometió a los Estados firmantes a adoptar todas las medidas necesarias para garantizar la protección de la infancia y la adolescencia.
La cantidad de casos violentos contra niñas, niños y adolescentes en los últimos meses ha impactado a la sociedad, lo que refleja que esta población frágil necesita políticas públicas preventivas urgentes para garantizar un desarrollo integral sano. A pesar de que la tasa de homicidios en general se haya reducido (según datos de Insight Crime de abril de 2025), en el caso específico de los menores de edad en la República Dominicana, UNICEF asegura que el 63.5 % de nuestras niñas y niños han sufrido alguna forma de violencia física o psicológica en el hogar. Alarma: esta cifra asciende a un 70 % en edades de 3 a 4 años.
Muertes como la de la niña torturada y posteriormente asesinada por su tía y el esposo en Los Guandules, o el caso de la niña arrojada de un balcón luego de ser violada por su agresor, perturban nuestra cotidianidad. Estos hechos hacen responsable a la sociedad dominicana, al Estado y, sobre todo, a las familias. Todos están compelidos a cumplir su rol garantizador de la estabilidad emocional, física, jurídica y sistemática, buscando la mitigación o la erradicación de la violencia hacia la infancia y la juventud.
Por mandato del artículo 56 de nuestra Constitución, que reza:
“Protección de las personas menores de edad: La familia, la sociedad y el Estado, harán primar el interés superior del niño, niña y adolescente; tendrán la obligación de asistirles y protegerles para garantizar su desarrollo armónico e integral y el ejercicio pleno de sus derechos fundamentales, conforme a esta Constitución y las leyes.”
Ante esta realidad, es imperativo hacer un alto y redefinirnos como sociedad.
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