Un tema que se trata con frecuencia es la necesidad de la descentralización de la gestión publica tanto desde el punto de vista territorial, como de las inversiones y servicios públicos, como una necesidad para impulsar el desarrollo económico y social equitativo del país.

Esta preocupación sobre la descentralización se concretó con la creación de los ayuntamientos mediante leyes, que se inicia en el año 1801 cuando en plena invasión haitiana se dispuso que cada parroquia, que era como se denominaba lo que hoy conocemos como municipios, dispusiera de una alcaldía y cuatro regidores; pero es a partir del año 1945, luego que en el año 1944 donde se logra la independencia nacional, que se produce lo que se puede considerar primera ley municipal (Ley 32), mediante la cual se pasó el poder político de las comunas a los ayuntamientos.

Así se fueron haciendo modificaciones a las leyes y disposiciones dictadas, hasta llegar a la aprobación por el congreso nacional de la ley No.176-07, sobre el Distrito Nacional y los Municipios, que es la vigente actualmente, donde se reconoce la autonomía de los ayuntamientos y las juntas de distritos municipales, tanto desde el punto de vista político, fiscal, administrativo y en su funcionamiento.

En el articulo 5 de la ley 176-07,  las competencias de los ayuntamientos  se  expresan de la siguiente manera:  “…la presente ley y las leyes sectoriales definen los ambitos de actuación en cada una de las competencias para 10s diferentes entes en la división política administrativa de la administración publica, lo cuales deben garantizar conjuntamente la gestión eficiente, eficaz, transparente y participativa, en base a 10s principios de descentralización, desconcentración, concurrencia, coordinación y subsidiariedad…” y en el articulo 18 se agregan los principios de “….democracia local, participación, concertación, solidaridad social y equidad de género…”.

Para el cumplimiento de estos mandatos de la ley hacia los ayuntamientos se estableció mediante la Ley No.166-03, que dispuso que el presupuesto dirigido hacia el nivel municipal fuera de un 8% para el año 2004 y partir del año 2005 la misma fuera de un 10%; sin embargo, si analizamos los diversos períodos hasta la fecha esta asignación ha estado en menos de dos terceras partes de lo dispuesto por la ley: En el periodo 2005-2012  es que fue en ascenso, como porcentaje real promedio anual, entre 3.5% y 4.2%; para el siguiente periodo, 2013-2020, este promedio fue de entre 2.2% y 2.8; en el periodo 2021-2026 ese promedio anual estuvo entre 2.8% y 4.8%.

Este último pico de 4.8% anual se debió a la inyección desde el gobierno central de forma temporal, para el año 2022 de RD$4,000 millones de pesos, que según el discurso del presidente era para el desarrollo de obras comunitarias; sin embargo, a pesar de estas inyecciones extraordinarias el porcentaje del presupuesto para el subperiodo 2024-2026 es de 3.1%.

En el proyecto de presupuesto del año 2027, sometido recientemente por el Poder Ejecutivo al Congreso Nacional, está establecido que la asignación real efectiva a los ayuntamientos será de un 3.1%. Si partimos de este proyecto de presupuesto para el cumplimiento de la ley, que establece el 10% a los ayuntamientos, la asignación debió ser de RD$ 151,057.4 millones de pesos, con relación al presupuesto que asciende a RD$ 1,510,574.5 millones de pesos.

Estas descripciones sobre la asignación presupuestaria hacia los ayuntamientos de municipios y distritos municipales, evidencia como se ha venido violando de forma recurrente las leyes que establecen los fondos para la desconcentración, descentralización y desarrollo con equidad de los territorios y de las personas que habitan en los mismos. Lo que produce un fenómeno contrario a lo que establecen las leyes sobre los ayuntamientos como entidades, es decir un retroceso mediante el cual existe una alta concentración en el nivel central del gobierno en detrimento del desarrollo local que es fundamental para mejorar las condiciones de vidas de las personas que viven en esos territorios.

Juan E. Taveras Vargas

Juan E. Taveras Vargas Economista y profesor universitario UASD. Masters en negocios y relaciones económicas internacionales, masters en políticas publicas y globalización, especialidad en docencia virtual Especialista en planificación estratégica y formulación de proyectos. Promotor cultural.

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