Hay una escena que en Santo Domingo se repite todas las tardes. La calle frente a un colegio se estrecha y los carriles desaparecen bajo el tapón de los que vienen a buscar a sus hijos. Se abre el portón y, antes de que el primer muchacho pise la acera ya hay una pantalla encendida y una cabeza inclinada en ese ángulo que todos reconocemos, como si los tentáculos de un pulpo tirasen de ella desde el interior del celular.
Pero no todo está perdido. El 18 de mayo, el ministro de Educación, Luis Miguel De Camps, dictó la Orden Departamental 011-2026, que fija los lineamientos para el uso de dispositivos móviles en los centros educativos públicos y privados. Prohíbe los celulares personales en Inicial y Primaria, regula su uso en Secundaria y exceptúa a quienes los necesitan por una discapacidad o una enfermedad crónica. Es, además, una pieza de protección de la niñez, porque prohíbe grabar o difundir la imagen de un estudiante sin consentimiento y obliga a que toda comunicación entre docente y alumno pase por canales institucionales, con lo cual cierra una de las puertas clásicas del grooming, ese acercamiento paciente de un adulto a un menor, generalmente por internet, para ganarse su confianza con fines sexuales.
También hay que decir lo que no puede hacer, y no como un reproche. Su ámbito son los dispositivos dentro del plantel, por lo que, el acceso de los menores a las redes sociales es otro problema, emparentado con el primero pero distinto, y desborda las facultades de un ministerio. Basta mirar las sanciones en la ordenanza: lo más severo que puede imponer es prohibirle al estudiante llevar el celular. A una plataforma de redes sociales no puede exigirle nada.
De modo que, cuando suena el timbre de salida, el protocolo se queda adentro del centro, mientras el muchacho cruza el portón y entra, sin que nadie verifique su edad, a un sistema diseñado por adultos expertos y calibrado para que no suelte la pantalla. Dicho esto, para que esa protección exista más allá de las paredes de la escuela, lo que falta de ese lado es una ley. No otra charla, ni otra aplicación de control parental.
Algunos gobiernos, en cambio, ya entendieron que la responsabilidad no puede seguir descansando únicamente sobre las familias. En Australia, la ley que restringe el acceso de los menores de 16 años a determinadas redes sociales comenzó a aplicarse el 10 de diciembre de 2025. La norma obliga a las plataformas a tomar medidas razonables para impedir que esos menores abran o mantengan cuentas, no admite el consentimiento de los padres como excepción y contempla multas de hasta 49.5 millones de dólares australianos. Francia intentó fijar el límite en 15 años, pero su Consejo Constitucional anuló la disposición central y obligó al Gobierno a reformularla. España, por su parte, mantiene en trámite una propuesta para elevarlo a 16.
En febrero escribí en este mismo espacio que las redes sociales no son para adolescentes y expuse las razones. No voy a repetir ahora aquella evidencia. Sin embargo, lo nuevo desde entonces es que un jurado de Los Ángeles tuvo ante sí otra clase de prueba. El 25 de marzo declaró a Meta y YouTube responsables por diseñar sus plataformas para generar adicción, en el caso de una joven que comenzó a utilizarlas durante la niñez y terminó la adolescencia con depresión y ansiedad severas.
Las tecnológicas apelaron y, desde luego, un veredicto judicial no equivale a un estudio científico. Aun así, durante el juicio salieron a la luz documentos internos de Meta que permiten conocer cómo pensaba la empresa. En uno se afirmaba, con una franqueza que ahorra explicaciones, que para ganar en grande entre los adolescentes había que captarlos desde la preadolescencia. En otro se registraba que los niños de once años regresaban a Instagram cuatro veces más que a las aplicaciones rivales, pese a que la edad mínima declarada era trece. Esos documentos no resuelven por sí solos el debate sobre los efectos de las redes, pero sí dejan claro que la presencia de niños por debajo de la edad permitida no era un accidente que la empresa acababa de descubrir. Era un público que conocía, medía y quería conservar.
Fijar una edad, por lo demás, no es ninguna novedad. Aquí no está permitido votar ni comprar alcohol antes de los dieciocho, porque aceptamos que hay riesgos para los cuales un menor todavía no tiene suficiente madurez. Regulamos lo que puede comprar e incluso ver en el cine. La pantalla del celular, en cambio, ha quedado como la excepción. Quizás porque primero hay que entender el problema, después convencerse de que vale la pena, y al final atreverse a enfrentar a las plataformas y pagar la cuenta. Todavía andamos por el primero.
Ahora bien, el argumento más sólido contra una prohibición no es filosófico, sino práctico. A finales de julio, el regulador australiano eSafety publicó un estudio con más de cuatro mil niños y familias según el cual ocho de cada diez menores de dieciséis seguían usando redes pese a la restricción, casi todos porque las plataformas no verificaron bien y ellos conservaron sus cuentas o abrieron otras. De ahí que una ley que no establezca la obligatoriedad de un mecanismo de verificación de edad fiable, se queda en consigna. Solo que la solución obvia trae su propio problema, ya que para comprobar que alguien cumple con la edad mínima podríamos terminar obligando a todos a identificarse ante una plataforma extranjera.
Ese riesgo, no obstante, puede evitarse, porque verificar la edad no exige revelar la identidad. La norma ISO/IEC 18013-5, que rige las credenciales móviles como la que tendremos con la nueva cédula, permite divulgar atributos de manera selectiva. En buen dominicano, uno demuestra que pasa de cierta edad sin entregar su nombre ni su documento. La plataforma no tiene por qué saber quién es usted, ni el Estado a qué plataforma entró.
En lo que se refiere a la ley, la buena noticia es que no hay que empezar de cero, puesto que, el 19 de marzo de 2025, la diputada Leyvi Bautista depositó en la Cámara un proyecto para prohibir el uso de redes sociales a los menores de dieciséis años.
Eso sí, lo que necesita fortalecerse es el diseño. Tal como está, la conducta prohibida queda del lado del muchacho y su familia, no de quien opera la plataforma; el texto enumera marcas en vez de definir funciones, de modo que prohibiría hasta el canal por el que un joven de quince le avisa a su madre que llegó al liceo; y no dice cómo se comprobará la edad ni quién custodiará esos datos. Nada de eso desmerece la iniciativa, porque para afinar esas cosas existen las comisiones.
Lo difícil, en realidad, no fue que entrara en el orden del día, porque lo hizo. Lo tomaron en consideración y lo enviaron a comisión en menos de diez días, pero ahí se detuvo todo. La comisión nunca rindió informe y en enero de este año el proyecto perimió. Nueve meses de silencio después de una semana de diligencia. Y ese silencio no lo llena nadie más, porque un ministerio manda dentro de las aulas, donde ya hizo lo suyo, pero no sobre las tecnológicas que operan fuera de ellas. Solo el Congreso puede aprobar una norma cuya consecuencia más severa recaiga sobre quien diseña el sistema, y no sobre el muchacho que lo usa.
¿Y por qué no hemos dado ese primer paso? Creo que, porque durante años dimos por sentado que esto es asunto de cada hogar, y lo que es de cada hogar no llega nunca a ser asunto de nadie más. Nos vendieron ese cuento y lo compramos fiao. Pero vale preguntarse a quién le conviene esa idea, porque a la familia no, ya que ningún padre o madre puede competir en solitario contra una industria que perfecciona a diario la manera de retener la atención de sus hijos. Esa es una pelea que no se gana solo en la casa. Se gana con una ley que se pueda aplicar, o no se gana.
Aquí se invoca la patria en cada discurso, pero el patriotismo no se agota en el izado de la bandera ni en el himno cantado a todo pulmón. También se mide en lo que hacemos por quienes todavía no votan, no financian campañas y no tienen quien los represente en ninguna comisión. Sus padres sí. Proteger a unos es responderles a los otros, y sería, además, un acto de patria.
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