La política de seguridad impulsada por Nayib Bukele ha marcado un punto de inflexión en la historia reciente de El Salvador. Frente a un fenómeno estructural como el de las pandillas, especialmente la Mara Salvatrucha (MS-13), su gobierno ha desplegado una estrategia caracterizada por determinación, rapidez y resultados visibles en la reducción de homicidios y el control territorial. Esta firmeza ha sido ampliamente respaldada por una población que durante años vivió bajo el asedio de la violencia.
No obstante, el reciente juicio masivo contra 486 acusados plantea un desafío jurídico de gran relevancia: ¿hasta qué punto puede el Estado, en su lucha contra la criminalidad, flexibilizar las garantías fundamentales y los principios del debido proceso sin comprometer el Estado de derecho?
Es cierto que, en contextos de criminalidad organizada, los Estados suelen recurrir a medidas extraordinarias. La complejidad de estas estructuras, que operan con lógica territorial y jerárquica, exige respuestas contundentes. Sin embargo, la eficacia no puede erigirse como el único criterio de legitimidad. El problema surge cuando la respuesta estatal comienza a erosionar los pilares fundamentales del derecho penal moderno.
Uno de estos pilares es la individualización de la imputación. El derecho penal contemporáneo se basa en la responsabilidad personal, lo que implica que cada acusado debe ser vinculado con un hecho específico, determinado en modo, tiempo y lugar. Cuando cientos de personas son procesadas de manera conjunta bajo imputaciones genéricas, existe el riesgo de diluir esta exigencia, transformando la acusación en una presunción de pertenencia más que en una prueba concreta de culpabilidad.
A ello se suma la presunción de inocencia, principio rector de todo sistema penal democrático. Corresponde al Estado probar la culpabilidad más allá de toda duda razonable. Sin embargo, en procesos masivos, esta garantía puede verse debilitada en la práctica, trasladando implícitamente al imputado la carga de demostrar que no forma parte de una organización criminal.
Asimismo, el principio de personalidad de la persecución penal establece que nadie puede ser sancionado por vínculos abstractos o identidades, sino por conductas concretas debidamente probadas. Cuando la acusación se centra en la pertenencia a una estructura sin evidencia suficiente de participación individual en hechos ilícitos, se corre el riesgo de configurar un derecho penal de autor, incompatible con los estándares de un Estado de derecho.
El debate no debe plantearse como una dicotomía entre seguridad y garantías fundamentales. La verdadera fortaleza del Estado no reside únicamente en su capacidad de reprimir el delito, sino en hacerlo dentro de los límites que impone la legalidad. Un sistema que sacrifica garantías esenciales puede ofrecer resultados inmediatos, pero a costa de debilitar su legitimidad a largo plazo.
La estrategia de Bukele evidencia liderazgo y decisión frente a una problemática compleja. Sin embargo, el juicio masivo obliga a reflexionar sobre los límites de la acción estatal.
El verdadero desafío no es solo derrotar a la criminalidad, sino hacerlo sin desnaturalizar los principios que sostienen la justicia penal: la responsabilidad individual, la presunción de inocencia y el respeto irrestricto al debido proceso.
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