En el tribunal de la opinión pública no existen principios del debido proceso ni garantías tendentes a proteger la presunción de inocencia, sino que coexiste una mezcla de prejuicios y manifiestos casi siempre corrosivos y adversos con respecto de quien se habla. Aquel tribunal conserva como jurado permanente a la población sedienta de castigo, a quienes les basta la afirmación culposa para condenar a cualquier persona. Allí no se busca la verdad, sino condenar, encontrar culpables de delitos cometidos que probablemente, al través de un verdadero tribunal, ni existe el delito ni mucho menos los culpables.
Es suficiente señalar con el dedo inquisidor a la persona de quien se dice ha robado, prevaricado o prodigado el erario, sin miramientos más allá de lo que procura la población. En aquel tribunal el fiscal pasa a ser un medio de comunicación cualquiera, que ejerce la investigación criminal y vierte el acto conclusivo sin riesgo de retractarse. Los boletines judiciales son las redes y los culpables los funcionarios, quienes están llamados a proteger su reputación a toda costa.
Sin embargo los políticos ya arrastran una condena por serlo, pues el ejercicio de la política desde el poder no es visto como un acto de sacrificio o servicio público, sino como una oportunidad singular que permite la sustracción de fondos y el enriquecimiento ilícito. Hay algunos miembros de aquel jurado que se desmarcan de la manada; procuran participar de la política no para adecentarla, sino para tomar parte de la “presunta corrupción”. Estas personas ingresan a cualquier espacio de participación con el propósito de tener movilidad social o cambiar para bien sus condiciones de vida. No obstante, y al encontrarse con la realidad, desisten decepcionados de no acceder a los beneficios imaginados.
En medio de aquel esquema nunca falta el fiscal que se corrompe, esto es, el medio de información o comunicador que supedita la acusación al chantaje y al beneficio directo. En este punto poco importa la credibilidad de la información, sino que hay que decidir motivado por el temor al escarnio público; ya que defenderse, a la larga, es casi imposible. Por eso Robert Greene, el afamado autor de origen judío, sentenció en sus 48 Leyes del Poder que se debe proteger la reputación a toda costa, ya que muchas cosas dependen de ella.
En el paredón dominicano, lugar donde se aplican las sentencias, las ejecuciones son siempre las mismas: el fusilamiento. El que ha sido sentenciado por corrupto lo será siempre, aunque se haya tratado de una farsa, y arrastrará su condena como una señal adámica por toda la eternidad. Aunque posteriormente se declare la inocencia del imputado en un tribunal real, no habrá retractaciones ni disculpas, no habrá desagravio para el encartado, sino que en el tribunal de la opinión pública los mismos jueces de aquel juzgado desgraciado se constituirán en cómplices del delito al absolver legalmente al individuo, ya que el infame tribunal, al margen de toda verdad, funciona como contraparte del sistema de justicia legalmente constituido, y parte, en definitiva, de un fundamento irrefutable: La presunción de culpabilidad.
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