Con esta entrega, culmina la exposición de las principales conclusiones del trabajo de investigación realizado sobre las circunscripciones electorales y su impacto en la representatividad.

10-El diseño de los sistemas electorales, si bien es plasmado en normativas jurídicas, es innegable que factores de naturaleza política tienen una gran determinación en sus características esenciales. Lo penoso es lo difícil que resulta lograr que esos influjos políticos operen en beneficio de auténticos intereses colectivos y no como meros mecanismos de satisfacción de apetencias específicas que no solo no contribuyen al desarrollo democrático, sino que obstaculizan su avance.

11-En República Dominicana se ha sido errático e injusto al evaluar el método D´Hondt atribuyéndole a este la responsabilidad de la desproporción en los resultados electorales y la representación, obviando la causa principal del problema que no es otro que lo pequeño de las circunscripciones electorales del país. Lo que ocurre es que señalar la causa equivocada es el camino más fácil para eludir el abordaje de las verdaderas, porque eso implicaría una afectación de intereses creados que no desean que se produzcan las transformaciones necesarias.

12-Las distorsiones en la representación política resultan de mucho mayor conveniencia para los partidos políticos grandes, toda vez que, si no obtienen una cantidad aplastante de escaños, logran un número desproporcionado en función de su votación. Todo esto opera en desmedro de los partidos políticos pequeños que, en no pocas ocasiones, se quedan sin representación. Hay que insistir en la búsqueda del mejor equilibrio posible que permita una adecuada representación, sin impactar negativamente en la gobernanza.

13-La disimilitud en la cuantía de electores en distintos distritos electorales y la total o casi igualdad de escaños a distribuir entre ellos, genera una gran distorsión en la representación al propiciar que representantes que son idénticos difieran en la cantidad de electores que representan. Esto no debiera ser así porque algún valor cualitativo debiera tener ser representante de un mayor número de ciudadanos. Eso se traduce en la mayor dificultad de obtener una curul en demarcaciones con una cantidad superior de electores, cuando a la postre ambos legisladores tendrán idénticas prerrogativas y capacidad de representación.

14-Resulta arriesgado y un tanto subjetivo, afirmar que es radicalmente contrario a la proporcionalidad que candidatos con mayor cantidad de votación no salgan electos, contrario a otros que sí lo lograron con menos votos. Para llegar a una conclusión como esa habría que contemplar la cuantía en la votación del partido o los partidos más votados. Esa gran superioridad permitiría afirmar que, si esos electores hubiesen podido elegir a todos los candidatos del distrito electoral, es posible que los resultados no habrían sido diferentes.

15-Como colofón, decir que no podemos aguardar una importante cualificación en la representación política ni en la proporcionalidad, mientras no nos aboquemos a la materialización de los cambios estructurales que sean capaces de generarlo. Eso puede incluir variantes en el o los métodos de elección de candidaturas, pero no puede limitarse a eso. De no introducir modificaciones de fondo en el diseño de las circunscripciones electorales, jamás lograremos una representación proporcional con robustas características democráticas. Con un predominio apabullante de demarcaciones electorales pequeñas en función de los pocos escaños a ser electos, no esperemos cambios sustanciales en el sistema de representación.

Pedro P. Yermenos Forastieri

Jurista y escritor

Doctor en Derecho de la Universidad Autónoma de Santo Domingo (UASD). Maestría en Derecho Empresarial y Legislación Económica y Maestría en Derecho de los Negocios Corporativos, ambas en la Pontificia Universidad Católica Madre y Maestra (PUCMM). Especialidad en Justicia Constitucional, Interpretación y Aplicación de la Constitución, y Maestría en Derecho Electoral y Partidos Políticos, impartidas por la Universidad de Castilla-La Mancha (UCLM). Diplomado en Observación Electoral, Salamanca, España. Formación en Derecho Público en el Centro Latinoamericano para la Administración del Desarrollo (CLAD). Cursos electorales especializados en centros educativos nacionales e internacionales. Profesor de Derecho civil en la Universidad Nacional Pedro Henríquez Ureña (UNPHU), por más de 10 años, así como facilitador en programas de diplomados y maestrías. Desempeñó las funciones de Intendente General de Bancos; coordinador del componente de Justicia del Programa de Apoyo a la Reforma y Modernización del Estado (PARME) y consultor jurídico de la Comisión Nacional de Energía (COENER). Ha tenido una destacada labor en el ejercicio de su profesión, así como en las diversas funciones públicas desempeñadas; en las labores docentes ejercidas y como ciudadano activo en la defensa de trascendentes causas sociales. En la actualidad es Juez Titular del Tribunal Superior Electoral de República Dominicana, al cual ha representado en diversas misiones internacionales de observación electoral, dentro de las cuales fue jefe de misión en la veeduría internacional para las elecciones seccionales y del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social 2023, Quito, Ecuador; en la observación jurisdiccional de la Unión Interamericana de organismos electorales (UNIORE); de las elecciones federales y elecciones judiciales por voto popular de México 2025. Ha sido encargado por el pleno del TSE de la coordinación e implementación de la Cátedra de Derecho Electoral “Dr. Julio Brea Franco”. Adicionalmente, proponente y coordinador del proyecto “Mesa Académica” del Tribunal Superior Electoral.

Ver más