La Dirección General de Contrataciones Públicas (DGCP) informó este miércoles que ha suspendido de oficio 81 Registros de Proveedores del Estado (RPE) de funcionarios electos y designados desde la entrada en vigor, en enero pasado, de la Ley 47-25 sobre Contrataciones Públicas.

Esta norma endureció las restricciones para que quienes ejercen determinadas funciones públicas y mantienen vínculos societarios con empresas proveedoras del Estado.

La suspensión de los registros de 11 senadores

La explicación de la DGCP se produce después de que el organismo suspendiera el pasado 30 de junio los RPE correspondientes a 11 senadores.

La entidad atribuyó esa decisión a la aplicación del nuevo régimen de inhabilidades establecido por la Ley 47-25. Según explicó, el artículo 38 de la legislación prohíbe a determinados funcionarios electos y designados participar en sociedades comerciales que contraten con el Estado, sin importar el porcentaje de participación que posean.

La nueva normativa también impide que esos funcionarios ejerzan funciones de dirección o gerencia o formen parte de consejos de administración de las sociedades comprendidas por las restricciones legales.

La diferencia es relevante frente al régimen anterior. La derogada Ley 340-06 permitía a funcionarios de primer y segundo nivel jerárquico mantener hasta un 10 % de participación accionaria, de acuerdo con las condiciones establecidas por esa legislación.

Con la Ley 47-25, esa posibilidad fue eliminada para los funcionarios alcanzados por las nuevas inhabilidades.

La DGCP dice que no se trata de una sanción

La Dirección General de Contrataciones Públicas insistió en que la suspensión de un RPE no constituye, por sí misma, una sanción administrativa.

La institución define la medida como preventiva y administrativa, destinada a evitar que una persona que se encuentre legalmente inhabilitada pueda utilizar un registro para participar en procesos de contratación pública mientras ejerce el cargo que genera la incompatibilidad.

La DGCP explicó además que los cruces de información, las verificaciones y los procesos de debida diligencia forman parte de las funciones que desarrolla para mantener actualizado el Registro de Proveedores del Estado.

La advertencia fue emitida en febrero

Como parte de la aplicación de la nueva ley, la DGCP emitió el 13 de febrero la circular DGCP44-PNP-2026-001.

Mediante esa comunicación concedió un plazo de 15 días hábiles a los funcionarios y servidores públicos comprendidos en las nuevas causales de inhabilidad para que solicitaran voluntariamente la suspensión de sus respectivos RPE.

Una vez vencido ese plazo, la institución quedó facultada para proceder con la suspensión de oficio, conforme al artículo 69 del Reglamento de Aplicación número 52-26.

La DGCP indicó que las suspensiones ejecutadas posteriormente son el resultado de ese procedimiento y de las verificaciones realizadas por el órgano rector.

81 registros bajo la nueva legislación

La institución informó que durante 2026 ha emitido tres actos administrativos relacionados con la suspensión de oficio de registros de funcionarios electos y designados.

Se trata de los actos DGCP44-2026-000893, DGCP44-2026-001477 y DGCP44-2026-002424, mediante los cuales fueron suspendidos 81 RPE.

La DGCP señala que esos documentos pueden ser consultados en su portal institucional, dentro del apartado correspondiente a los actos administrativos.

El antecedente: 591 suspensiones entre 2020 y 2025

La cifra de 81 registros suspendidos bajo la Ley 47-25 se suma a las actuaciones realizadas durante la vigencia de la anterior legislación.

Según los datos divulgados por la DGCP, entre 2020 y 2025 fueron suspendidos 591 RPE mediante un acto administrativo y tres resoluciones.

Esas medidas alcanzaron a funcionarios de primer y segundo nivel jerárquico, autoridades municipales electas para el período 2024-2028 y sociedades comerciales relacionadas, de acuerdo con las disposiciones del artículo 14 de la derogada Ley 340-06.

La comparación permite dimensionar que las suspensiones de registros por incompatibilidades entre el ejercicio de funciones públicas y la participación en empresas proveedoras del Estado no comenzaron con la Ley 47-25. Lo que cambió con la nueva legislación es, entre otros aspectos, el alcance de las restricciones sobre la participación societaria de los funcionarios comprendidos en el régimen de inhabilidades.

Una cuestión distinta de una sanción

La precisión de la DGCP resulta importante porque la suspensión de un RPE y una sanción administrativa tienen naturalezas jurídicas diferentes.

La suspensión preventiva impide temporalmente que el registro pueda ser utilizado mientras subsista la situación de incompatibilidad prevista por la legislación. No implica necesariamente que el titular haya cometido una infracción sancionable.

En este caso, la DGCP sostiene que su actuación responde a la obligación de mantener el Registro de Proveedores del Estado en correspondencia con las condiciones legales exigidas para contratar con las instituciones públicas.

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