Desde este miércoles 1 de julio entró en vigor uno de los cambios menos visibles de la reciente reforma tributaria: el aumento de la retención del Impuesto sobre la Renta (ISR) para los pagos por honorarios profesionales y por alquileres de bienes inmuebles realizados a personas físicas.

La modificación está contenida en el artículo 17 de la Ley 30-26, que reformó el artículo 309 del Código Tributario.

El nuevo texto legal establece que la retención será de 15 % sobre los pagos por alquileres de bienes muebles e inmuebles, con carácter de pago único y definitivo, y también de 15 % sobre honorarios, comisiones y demás remuneraciones por prestación de servicios profesionales, en este caso con carácter de pago a cuenta del ISR.

En términos prácticos, el cambio implica que quienes facturen servicios profesionales o alquilen inmuebles a empresas recibirán menos dinero al momento del pago.

¿Cómo cambia para un profesional?

Hasta junio de 2026, un profesional que emitía una factura por RD$ 100,000 recibía RD$ 90,000, ya que la empresa retenía RD$ 10,000 (10 %).

Con la nueva ley, por la misma factura de RD$ 100,000 la retención asciende a RD$ 15,000, por lo que el pago efectivo será de RD$ 85,000.

Honorarios facturados Antes (10 %) Ahora (15 %) Diferencia
RD$100,000 RD$90,000 RD$85,000 -RD$5,000
RD$200,000 RD$180,000 RD$170,000 -RD$10,000
RD$500,000 RD$450,000 RD$425,000 -RD$25,000

Esto significa que por cada RD$ 100,000 facturados, el profesional dispondrá de RD$ 5,000 menos de liquidez al momento del cobro.

No obstante, la ley aclara que esa retención tiene carácter de pago a cuenta, por lo que constituye un anticipo del ISR que posteriormente podrá acreditarse en la declaración jurada correspondiente.

¿Qué ocurre con los alquileres?

La modificación también afecta a los propietarios que alquilan inmuebles.

Por ejemplo, un alquiler mensual de RD$ 60,000 generaba anteriormente una retención de RD$ 6,000 y el propietario recibía RD$ 54,000.

Con la nueva disposición, la retención aumenta a RD$ 9,000 y el pago efectivo baja a RD$ 51,000.

Alquiler mensual Antes (10 %) Ahora (15 %) Diferencia mensual
RD$30,000 RD$27,000 RD$25,500 -RD$1,500
RD$60,000 RD$54,000 RD$51,000 -RD$3,000
RD$100,000 RD$90,000 RD$85,000 -RD$5,000

En este caso, la ley establece que la retención tiene carácter de pago único y definitivo, por lo que el impuesto queda satisfecho mediante esa retención.

Lo que dice la ley

El artículo 17 de la Ley 30-26 modificó el artículo 309 del Código Tributario y dispone:

  • 15 % sobre los pagos por alquileres de bienes muebles e inmuebles a personas físicas, con carácter de pago único y definitivo.
  • 15 % sobre honorarios, comisiones y demás pagos por prestación de servicios realizados por personas físicas, con carácter de pago a cuenta del ISR.

La medida forma parte de las disposiciones fiscales contenidas en la Ley de medidas pro-crecimiento económico, simplificación fiscal y mitigación de la crisis internacional, aprobada en junio.

Katheryn Luna

Editora de Economía

Editora de Economía. Periodista. Comunicadora Social, con maestría en Comunicación Corporativa. Experiencia en temas educativos, salud, turismo, tránsito, transporte, gestión de desechos, agua y economía. Premios AIRD, Funglode, FIL, Indocal, Unicef, Juan Bosch, Raphy Durán y PEL.

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